<Derogado por el artículo 154 de la Ley 2200 de 2022> En cada uno de los Departamentos se editará un Boletín o Gaceta Oficial que incluirá los siguientes documentos:
a) Las Ordenanzas de la Asamblea Departamental.
b) Los actos que expidan la Asamblea Departamental y la Mesa Directiva de ésta para la ejecución de su presupuesto y el manejo del personal a su servicio.
c) Los Decretos del Gobernador.
d) Las Resoluciones que firmen el Gobernador u otro funcionario por delegación suya.
e) Los contratos en que sean parte el Departamento o sus entidades descentralizadas cuando las respectivas normas fiscales así lo ordenen.
f) Los actos de la Gobernación, de las Secretarías del Despacho y de las juntas directivas y gerentes de las entidades descentralizadas que creen situaciones jurídicas impersonales u objetivas o que tengan alcance e interés generales.
g) Los actos de naturaleza similar a la señalada en el literal anterior que expidan otras autoridades departamentales por delegación que hayan recibido o por autorización legal u ordenanzal; y
h) Los demás que conforme a la ley, o las ordenanzas o a sus respectivos reglamentos, deban publicarse.
Estructura Código de régimen departamental