Código de régimen departamental
Título VI

Capítulo I

Articulo 103 - <Ver Notas del Editor> Los bienes y rentas de las...

Articulo 104 - <Ver Notas del Editor> Los bienes, derechos, valores y acciones...

Articulo 105 - En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 6o., 187...

Articulo 106 - Las Asambleas Departamentales dictarán reglas análogas a las contenidas en...

Articulo 107 - Toda iniciativa en materia de gastos de condonación de deudas,...

Articulo 108 - Del total de los recursos destinados por la Ley 12...

Capítulo II

Articulo 109 - <Ver Notas del Editor> En tiempo de paz solamente el...

Articulo 110 - <Ver Notas del Editor> Las Asambleas Departamentales, para cubrir los...

Artículo 111 - Fíjanse las siguientes tarifas anuales del impuesto de timbre nacional...

Artículo 112 - Quedan exentos del impuesto previsto en el artículo anterior: a)...

Articulo 113 - Cédese el impuesto de timbre nacional de que trata el...

Articulo 114 - Para la determinación del valor comercial de los vehículos automotores,...

Articulo 115 - Cuando el vehículo entre en circulación por primera vez, conforme...

Articulo 116 - El impuesto de timbre nacional sobre vehículos tendrá límite mínimo...

Articulo 117 - Los recaudos que los Departamentos, Intendencias, Comisarías<1> y el Distrito...

Articulo 118 - El revisado de que trata el Decreto 1344 de 1970...

Articulo 119 - Los valores absolutos a que se refieren los artículos anteriores...

Articulo 120 - De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de...

Articulo 121 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Articulo 122 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Artículo 123 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Articulo 124 - El impuesto de consumo que en el presente Código se...

Articulo 125 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Articulo 126 - <Decaimiento por evolución normativa>

Articulo 127 - Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 123 los...

Articulo 128 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Articulo 129 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Articulo 130 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Articulo 131 - El control sanitario de los productos a se refiere este...

Articulo 132 - A partir de la vigencia de la Ley 14 de...

Articulo 133 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Articulo 134 - <Artículo derogado por el artículo 42 de la Ley 1816...

Articulo 135 - <Ver Notas del Editor> El consumo de cigarrillos de fabricación...

Articulo 136 - El consumo de cigarrillos de producción extranjera causará el impuesto...

Articulo 137 - Los impuestos aquí contemplados se cancelarán para cada cajetilla de...

Articulo 138 - Los Departamentos, Intendencias, Comisarías<1> y Distrito Especial de Bogotá no...

Articulo 139 - Para los cigarrillos provenientes de países con los cuales exista...

Articulo 140 - En los casos previstos en los artículos anteriores, el monto...

Articulo 141 - Sobre el precio establecido en el artículo 136, los cigarrillos...

Articulo 142 - El sistema de pago de los impuestos al consumo de...

Articulo 143 - Los cigarrillos de que trata el presente Código están sujetos,...

Articulo 144 - De acuerdo con el artículo 83 de la Ley 14...

Articulo 145 - El impuesto sobre consumo de tabaco continuará haciéndose efectivo por...

Articulo 146 - Para los efectos del artículo anterior se entiende por precio...

Articulo 147 - Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios y el Alcalde del Distrito Especial...

Articulo 148 - El impuesto de consumo a la gasolina - motor en...

Articulo 149 - Los distribuidores al por mayor serán responsables del pago del...

Articulo 150 - <Ver Notas de Vigencia> El subsidio a la gasolina-motor en...

Articulo 151 - Los recaudos provenientes del impuesto de consumo y subsidio a...

Articulo 152 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 153 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 154 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 155 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 156 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 157 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 158 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 159 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 160 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 161 - Los Departamentos pueden fijar libremente la cuota del impuesto sobre...

Articulo 162 - Las rentas sobre degüello no podrán darse en arrendamiento.

Articulo 163 - Es propiedad exclusiva de los Departamentos, Intendencias y Comisarías<1> el...

Articulo 164 - Es libre, en todo el territorio de la República, la...

Articulo 165 - Facúltase a los Departamentos para que prohiban en su territorio...

Articulo 166 - <Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de...

Articulo 167 - <Ver Notas del Editor> Toda nómina o cuenta que paguen...

Articulo 168 - <Ver Notas del Editor> En caso de incumplimiento de la...

Articulo 169 - El producto de los impuestos establecidos en el artículo 1o.,...

Articulo 170 - Autorízase a las Asambleas para ordenar la emisión de estampillas...

Artículo 171 - Autorízase a las Asambleas Departamentales por el término de 20...

Artículo 172 - El valor anual de la emisión de la estampilla cuya...

Articulo 173 - Las Asambleas Departamentales quedan autorizadas para determinar el empleo, tarifas...

Articulo 174 - La totalidad del producido de la estampilla a que se...

Articulo 175 - La obligación de adherir y anular las estampillas a que...

Articulo 176 - <Ver Notas del Editor> El impuesto de valorización, establecido por...

Articulo 177 - <Ver Notas del Editor> El establecimiento, la distribución y el...

Articulo 178 - <Ver Notas del Editor> Para liquidar la contribución de valorización...

Articulo 179 - <Ver Notas del Editor> Con excepción de los inmuebles contemplados...

Articulo 180 - <Ver Notas del Editor> Las contribuciones nacionales de valorización en...

Articulo 181 - La contribución de valorización constituye gravamen real sobre la propiedad...

Articulo 182 - Los Registradores de Instrumentos Públicos no podrán registrar escritura pública...

Artículo 183 - Para el cobro por jurisdicción coactiva de las contribuciones de...

Artículo 184 - <Ver Notas del Editor> Los departamentos, el Distrito Especial de...

Articulo 185 - <DEROGADO> <Ver Notas del Editor> Salvo lo dispuesto por la...

Articulo 186 - <DEROGADO> En la ley de presupuesto se apropiará el porcentaje...

Articulo 187 - <DEROGADO> Para efectos del presente Decreto se entiende por "Ingresos...

Articulo 188 - <DEROGADO> El treinta por ciento (30%) del Situado Fiscal se...

Articulo 189 - <DEROGADO> El setenta por ciento (70%) del Situado Fiscal se...

Articulo 190 - <DEROGADO> Los Departamentos, las Intendencias, las Comisarías<1> y el Distrito...

Articulo 191 - <DEROGADO> Las entidades territoriales a que se refiere el artículo...

Articulo 192 - <DEROGADO> Si el monto del Situado Fiscal y de los...

Articulo 193 - <DEROGADO> Solamente los Departamentos podrán establecer una lotería con premios...

Articulo 194 - <DEROGADO> <Subrogado por el artículo 8o. de la Ley 53...

Articulo 195 - <DEROGADO> Las Asambleas Departamentales podrán limitar el valor de cada...

Articulo 196 - <DEROGADO> En caso de que en los billetes que no...

Articulo 197 - <DEROGADO> Los contratos que celebren los Departamentos, relacionados con las...

Articulo 198 - <DEROGADO> Ninguna rifa establecida o que se establezca en el...

Articulo 199 - <DEROGADO> Autorízase a las loterías establecidas por la Ley 64...

Articulo 200 - <DEROGADO> Las entidades de que trata el artículo anterior, sólo...

Articulo 201 - <DEROGADO> <Artículo subrogado por el artículo 9o. de la Ley...

Articulo 202 - <DEROGADO> El Gobierno reglamentará el juego de apuestas permanentes con...

Articulo 203 - <DEROGADO> Queda prohibido a los Departamentos, las Intendencias, a las...

Articulo 204 - <DEROGADO> Los servicios seccionales de salud quedan obligados a invertir...

Articulo 205 - En caso de mora en el pago de los impuestos...

Articulo 206 - Los impuestos nacionales cedidos a las entidades territoriales por la...

Articulo 207 - Los Departamentos no podrán establecer con ningún nombre, gravámenes sobre...

Articulo 208 - Queda prohibido cualquier impuesto departamental establecido o que se establezca...

Articulo 209 - El uso y goce de las aguas nacionales no puede...

Articulo 210 - Para los efectos de liquidación y control de impuestos nacionales,...