<Este artículo sigue vigente según lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley 1801 de 2016> <Artículo adicionado por el artículo 3 de la Ley 1356 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:> El que sea sorprendido consumiendo o en posesión de bebidas alcohólicas con grado superior a cinco por ciento (5%) en el interior de un escenario deportivo y con ocasión de un evento deportivo, será expulsado del escenario.
El que con motivo o con ocasión de un evento deportivo porte bebidas alcohólicas con grado superior a cinco por ciento (5%), se le impedirá el ingreso al escenario deportivo.
Estructura Código de policía nacional