<Ver Notas del Editor> Corresponde a las Asambleas, por medio de ordenanzas:
(...)
4o. - Crear y suprimir Municipios, segregar o agregar términos municipales y fijar límites entre los Distritos, llenando estrictamente los requisitos que establezca la ley (Artículo 187, ordinal 4o., de la Constitución Política).
Estructura Código de régimen municipal