Código de régimen municipal

Artículo 1o - El Código de Régimen Municipal comprende los siguientes Títulos: El...

Articulo 2o - La legislación municipal tiene por objeto dotar a los Municipios...

Título I

Articulo 3o - <Ver Notas del Editor> Son entidades territoriales de la República...

Articulo 4o - La Nación, los Departamentos, las Intendencias, las Comisarías<1> y los...

Articulo 5o - <Ver Notas del Editor> Corresponde a las Asambleas, por medio...

Articulo 6o - <Ver Notas del Editor> La ley podrá establecer diversas categorías...

Articulo 7o - <Ver Notas del Editor> Los Departamentos tendrán independencia para la...

Articulo 8o - El territorio sometido a la jurisdicción del Alcalde constituye con...

Articulo 9o - La ley no reconoce otros intereses municipales que los de...

Articulo 10 - Los Municipios podrán ser delegatarios de la Nación, de los...

Articulo 11 - La competencia administrativa de los Municipios está constituída por la...

Articulo 12 - La atención de las funciones, la prestación de los servicios...

Título II

Articulo 13 - <Ver Notas del Editor> Corresponde al Congreso hacer las leyes....

Articulo 14 - <Ver Notas de Editor> Para que una porción del territorio...

Articulo 15 - La solicitud, acompañada de las certificaciones y documentos a que...

Articulo 16 - Sin el lleno de los requisitos a que se refiere...

Articulo 17 - La ordenanza que cree un Municipio dispondrá cuál será su...

Articulo 18 - La ordenanza que cree un Municipio determinará la forma como...

Articulo 19 - <Ver Notas del Editor> El Gobierno Nacional, a iniciativa de...

Articulo 20. Simplificación del procedimiento de deslinde y amojonamiento de entidades territoriales - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 1447...

Articulo 21 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 1447...

Articulo 22 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 1447...

Articulo 23 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 1447...

Articulo 24 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 1447...

Articulo 26 - Cuando se decretare la formación de nuevos Municipios, el acto...

Articulo 27 - Para agregar o segregar términos municipales correspondientes a un mismo...

Articulo 28 - Los propietarios están en la obligación de dar libre entrada...

Articulo 29 - Cuando sobre los nombres de los principales detalles topográficos no...

Título III

Capítulo I

Articulo 30 - <Ver Notas del Editor> Igualmente, a iniciativa del Gobierno la...

Articulo 31 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 32 - El desarrollo de las áreas urbanas se regulará dentro de...

Articulo 33 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 34 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 35 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 36 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 37 - Los acuerdos de los Concejos señalarán calidades para el desempeño...

Capítulo II

Articulo 38 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 39 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 40 - Corresponde a los Concejos Municipales disponer lo conveniente sobre trazado,...

Articulo 41 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 42 - Los Municipios podrán ordenar la suspensión de las obras o...

Articulo 43 - La ejecución de planes de desarrollo urbano y la constitución...

Articulo 44 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 45 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 46 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 47 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 48 - En los centros urbanos, las industrias que por su naturaleza...

Articulo 49 - El matadero público de los municipios se establecerá en acuerdo...

Articulo 50 - Se tomarán las medidas necesarias para que las industrias existentes...

Articulo 51 - En el sector rural, la instalación de industrias, que por...

Capítulo III

Articulo 52 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 53 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 54 - <Ver Notas de Vigencia> No podrá extenderse el perímetro urbano...

Articulo 55 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 56 - Toda persona dueña de un predio podrá solicitar a las...

Articulo 57 - La presentación del certificado de uso del suelo en las...

Articulo 58 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 59 - La modificación de los reglamentos del uso de los suelos...

Articulo 60 - Constituye contravención de policía toda violación de las reglamentaciones sobre...

Articulo 61 - Dentro de los seis meses siguientes a la constitución de...

Articulo 62 - Las autoridades de policía de los municipios, del Distrito Especial...

Articulo 63 - Las autoridades distritales, municipales y metropolitanas informarán oportunamente a las...

Articulo 64 - Las entidades del sector oficial encargadas de la prestación de...

Articulo 65 - Los preceptos de los artículos 52 y siguientes del presente...

Título IV

Capítulo I

Articulo 66 - <Ver Notas del Editor> En cada Distrito Municipal habrá una...

Articulo 67 - <Modificado por el Artículo 22 de la Ley 136 de...

Articulo 68 - <Modificado por el Artículo 2o. de la Ley 15 de...

Articulo 69 - La Registraduría Nacional del Estado Civil tendrá a su cargo...

Articulo 70 - <Ver Notas del Editor> El Congreso pleno, las Cámaras y...

Articulo 71 - <Ver Notas del Editor> En el Congreso pleno, en las...

Articulo 72 - Los Concejos expedirán un reglamento interno para su funcionamiento en...

Articulo 73 - Los Presidentes de los Concejos llamarán según el orden de...

Articulo 74 - <Ver Notas del Editor> Nadie podrá ser elegido simultáneamente Alcalde...

Articulo 75 - Durante el tiempo en que un Concejal principal o suplente...

Articulo 76 - <Ver Notas del Editor> <Artículo subrogado por el artículo 18...

Articulo 77 - No puede ser Secretario remunerado de un Concejo Municipal ninguno...

Articulo 78 - <Ver Notas de Vigencia> Las reuniones de los Concejos que...

Articulo 79 - Los Concejos se reúnen ordinariamente por derecho propio, cuatro veces...

Articulo 80 - También se reunirán extraordinariamente los Concejos por convocatoria del Alcalde...

Capítulo II

Articulo 81 - <Ver Notas del Editor> Todos los ciudadanos escogen directamente Presidente...

Articulo 82 - <Ver Notas del Editor> La ley determinará las calidades e...

Articulo 83 - Los miembros del Concejo se denominarán Concejales. Para ser elegido...

Articulo 84 - No podrán ser elegidos Concejales los apoderados de los contratistas...

Articulo 85 - Los Concejales serán elegidos para períodos de dos años y...

Articulo 86 - Las renuncias y excusas de los Concejales para servir sus...

Articulo 87 - <Artículo subrogado por el artículo 19 de la Ley 53...

Articulo 88 - Los Senadores y Representantes principales, desde el momento de su...

Articulo 89 - Lo anterior no obsta para que los Senadores, Representantes, Diputados,...

Articulo 90 - Las actuaciones que se realicen contraviniendo lo dispuesto en los...

Articulo 91 - Las incompatibilidades que la ley establece para los Concejales principales...

Capítulo III

Articulo 92 - <Ver Notas del Editor> Son atribuciones de los Concejos, que...

Articulo 93 - Son atribuciones legales de los Concejos: 1a. Imponer contribuciones para...

Articulo 94 - La administración de los intereses del municipio está a cargo...

Articulo 95 - Cada Concejo puede arreglar los detalles de la administración, sin...

Articulo 96 - El suministro de energía eléctrica es un servicio público fundamental...

Articulo 97 - Declárase de utilidad pública la adquisición por la Nación, los...

Articulo 98 - Es obligación de los municipios que tengan más de 25.000...

Articulo 99 - Es prohibido a los Concejos: 1o. Obligar a los habitantes,...

Capítulo IV

Articulo 100 - <Inciso modificado por el Artículo 2o. de la Ley 53...

Articulo 101 - Si dos o más personas alegaren haber sido elegidas contralores,...

Articulo 102 - Los municipios repetirán contra las personas que hubieren efectuado elecciones,...

Articulo 103 - Los contralores, personeros, tesoreros, auditores y revisores que ejerzan el...

Título V

Articulo 104 - <La palabra tachada -tesorero- fue suprimida por el artículo 3o....

Articulo 105 - <Ver Notas del Editor> Igualmente, a iniciativa del Gobierno, la...

Articulo 106 - <Ver Notas del Editor> Los acuerdos a que se refieren...

Articulo 107 - <Ver Notas del Editor> Todo proyecto de acuerdo debe referirse...

Articulo 108 - <Ver Notas del Editor> Para que un proyecto sea acuerdo...

Articulo 109 - <Ver Notas del Editor> Los Concejos integrarán comisiones permanentes encargadas...

Articulo 110 - <Ver Notas del Editor> Los proyectos que no recibieren aprobación...

Articulo 111 - <Ver Notas del Editor> Aprobado en tercer debate un proyecto...

Articulo 112 - <Ver Notas del Editor> Los alcaldes pueden objetar los proyectos...

Articulo 113 - <Ver Notas del Editor> El alcalde dispone del término de...

Articulo 114 - <Ver Notas del Editor> El alcalde sancionará sin poder presentar...

Articulo 115 - <Ver Notas del Editor> Sancionado un acuerdo será publicado en...

Artículo 116 - <Ver Notas del Editor> Los acuerdos expedidos por los Concejos...

Artículo 117 - <Ver Notas del Editor> Dentro de los tres (3) días...

Artículo 118 - <Ver Notas del Editor> Son atribuciones del Gobernador: ............................................................................................................................... 8a....

Artículo 119 - <Ver Notas del Editor> Si el Gobernador encontrare que el...

Artículo 120 - El Gobernador enviará al Tribunal copia del acuerdo acompañado de...

Articulo 121 - Al escrito de que trata el artículo anterior, en el...

Artículo 122 - <Ver Notas del Editor> Las ordenanzas de las Asambleas y...

Artículo 123 - Son nulos los acuerdos expedidos en contravención a las disposiciones...

Artículo 124 - Los acuerdos u otros actos de los Concejos Municipales anulados...

Articulo 125 - Si el alcalde no cumpliere el deber de objetar los...

Articulo 126 - Para todo lo relativo a la nulidad de los acuerdos...

Articulo 127 - Aprobado un proyecto o resolución cualquiera, puede ser reconsiderado y...

Título VI

Articulo 128 - <Ver Notas del Editor> En todo municipio habrá un alcalde...

Articulo 129 - <Ver Notas del Editor> Los alcaldes serán elegidos por el...

Articulo 130 - El Alcalde es el jefe de la administración pública en...

Articulo 131 - El Alcalde es el representante legal del Municipio para todos...

Articulo 132 - Las atribuciones generales de los Alcaldes son las siguientes: 1a....

Articulo 133 - La sanción, promulgación y ejecución de los acuerdos del Concejo...

Articulo 134 - El despacho de la alcaldía estará siempre en la cabecera...

Título VII

Articulo 135 - <Artículo subrogado por el artículo 1o. de la Ley 3a....

Articulo 136 - <Ver Notas del Editor> <Subrogado por el artículo 2o. de...

Articulo 137. Calidades - <Artículo derogado por el Artículo 173 de la Ley 136...

Articulo 138 - El personero no ejercerá funciones administrativas distintas de las que...

Capítulo I

Articulo 139 - Son atribuciones del personero, que cumplirá como defensor del pueblo...

Articulo 140 - Conforme a lo dispuesto en el artículo 75 del Código...

Articulo 141 - Si quien fuere competente no quisiere recibir los recursos de...

Capítulo II

Articulo 142 - En los procesos penales de competencia de los jueces municipales...

Articulo 143 - Ante los jueces de instrucción criminal, el Ministerio Público será...

Articulo 144 - En los procesos penales de competencia de los jueces de...

Articulo 145 - El Ministerio Público será ejercido por los personeros ante los...

Articulo 146 - El traslado de que trata el artículo anterior podrá surtirse...

Articulo 147 - El Personero que sin justa causa no se notifique oportunamente...

Articulo 148 - En cualquier estado del proceso, el Personero Municipal será desplazado...

Articulo 149 - La actuación de los Personeros como agentes del Ministerio Público...

Articulo 150 - <Artículo subrogado por el artículo 4o. de la Ley 53...

Articulo 151 - En los procesos civiles de competencia de los juzgados del...

Capítulo III

Articulo 152 - <Artículo subrogado por el artículo 4o. de la Ley 3a....

Título VIII

Articulo 153 - <Artículo derogado por el Artículo 5o. de la Ley 53...

Articulo 154 - Todo individuo que sea nombrado Tesorero deberá asegurar su manejo.

Artículo 155 - <Artículo derogado por el Artículo 12 de la Ley 49...

Título IX

Articulo 156 - Las entidades descentralizadas municipales se someten a las normas que...

Articulo 157 - <Artículo derogado por el Artículo 186 de la Ley 142...

Articulo 158 - Los actos que creen las entidades o sus estatutos orgánicos...

Articulo 159 - Los representantes de los Concejos en las juntas directivas de...

Articulo 160 - No podrán ser delegados de los usuarios en las juntas...

Articulo 161 - Los particulares y Concejales principales y suplentes no podrán ser...

Articulo 162 - Los miembros de las juntas directivas aunque ejercen funciones públicas,...

Articulo 163 - La aplicación de las sanciones a que hubiere lugar por...

Articulo 164 - Las disposiciones de los anteriores artículos, son aplicables a las...

Articulo 165 - (Transitorio). Antes del 17 de enero de 1987 los Concejos...

Título X

Capítulo I

Articulo 166 - <Ver Notas del Editor> Los bienes y rentas de las...

Articulo 167 - La administración y disposición de bienes inmuebles municipales, incluyendo los...

Articulo 168 - El producto de tales bienes, cuando provenga de ejidos se...

Articulo 169 - Los terrenos ejidos situados en cualquier Municipio del país no...

Artículo 170 - Los bienes de los Municipios no pueden ser gravados con...

Capítulo II

Artículo 171 - <Ver Notas del Editor> En tiempo de paz solamente el...

Articulo 172 - Además de los existentes hoy legalmente, los Municipios y el...

Articulo 173 - Las autoridades catastrales tendrán a su cargo las labores de...

Articulo 174 - <Artículo derogado por el artículo 336 de la Ley 1955...

Articulo 175 - <Artículo derogado por el artículo 69 de la Ley 863...

Articulo 176 - <Impuesto predial fusionado dentro del "Impuesto Predial Unificado" por el...

Articulo 177 - <Impuesto predial fusionado dentro del "Impuesto Predial Unificado" por el...

Articulo 178 - Los avalúos establecidos de conformidad con los artículos 174, 175,...

Articulo 179 - <Impuesto predial fusionado dentro del "Impuesto Predial Unificado" por el...

Articulo 180 - El Gobierno Nacional, de oficio o por solicitud fundamentada de...

Articulo 181 - En ningún caso los inmuebles por destinación harán parte del...

Articulo 182 - <Ver Notas del Editor> Las labores catastrales de que tratan...

Articulo 183 - <Impuesto predial fusionado dentro del "Impuesto Predial Unificado" por el...

Articulo 184 - <Impuesto predial fusionado dentro del "Impuesto Predial Unificado" por el...

Articulo 185 - Las autoridades catastrales podrán considerar como indicadores del valor real...

Artículo 186 - <Impuesto predial fusionado dentro del "Impuesto Predial Unificado" por el...

Artículo 187 - Los propietarios o poseedores de predios o mejoras no incorporadas...

Articulo 188 - <Ver Notas del Editor> Los contribuyentes del impuesto sobre la...

Articulo 189 - Antes del 30 de junio de 1984, las autoridades competentes...

Articulo 190 - Los avalúos elaborados con los procedimientos señalados en este Decreto,...

Articulo 191 - A los impuestos dejados de pagar, según la liquidación que...

Articulo 192 - La actualización del avalúo catastral prevista en el artículo 1o....

Artículo 193 - <Impuesto fusionado con el Impuesto Predial Unificado, según lo dispuesto...

Artículo 194 - Los bienes inmuebles de propiedad de los establecimientos públicos, empresas...

Artículo 195 - El impuesto de industria y comercio recaerá, en cuanto a...

Artículo 196. Base gravable y tarifa - <Artículo modificado por el artículo 342 de la Ley 1819...

Artículo 197 - Para los fines aquí previstos se consideran actividades industriales las...

Artículo 198 - Se entienden por actividades comerciales, las destinadas al expendio, compraventa...

Artículo 199 - <Artículo modificado por el artículo 345 de la Ley 1819...

Articulo 200 - <Artículo adicionado por el artículo 78 de la Ley 75...

Articulo 201 - Cuando las entidades a que se refiere el artículo 259,...

Articulo 202 - El impuesto de industria y comercio a que se refieren...

Articulo 203 - Para efectos de la correcta liquidación y pago del impuesto...

Articulo 204 - Los Municipios podrán solicitar a la Dirección General de Impuestos...

Articulo 205 - Las normas sobre impuestos de industria y comercio y avisos...

Articulo 206 - Los bancos, corporaciones de ahorro y vivienda, corporaciones financieras, almacenes...

Articulo 207 - La base impositiva para la cuantificación del impuesto regulado en...

Articulo 208 - Sobre la base gravable definida en el artículo anterior, las...

Articulo 209 - Los establecimientos de crédito, instituciones financieras y compañías de seguros...

Articulo 210 - Ninguno de los establecimientos de crédito, instituciones financieras, compañías de...

Articulo 211 - Para la aplicación de las normas contenidas en los artículos...

Articulo 212 - La Superintendencia Bancaria informará a cada Municipio y al Distrito...

Articulo 213 - La totalidad del incremento que logre cada Municipio en el...

Artículo 214 - <Ver Notas del Editor> Los vehículos automotores de uso particular...

Artículo 215 - <Ver Notas del Editor> Para la determinación del valor comercial...

Articulo 216 - <Ver Notas del Editor> Cuando el vehículo entre en circulación...

Articulo 217 - <Ver Notas del Editor> El impuesto de circulación y tránsito...

Articulo 218 - El revisado de que trata el Decreto 1344 de 1970...

Artículo 219 - <Ver Notas del Editor> Los Municipios en donde no existan...

Artículo 220 - <Impuesto fusionado con el Impuesto Predial Unificado, según lo dispuesto...

Artículo 221 - <Impuesto fusionado con el Impuesto Predial Unificado, según lo dispuesto...

Artículo 222 - <Impuesto fusionado con el Impuesto Predial Unificado, según lo dispuesto...

Artículo 223 - Es propiedad exclusiva de los Municipios y del Distrito Especial...

Articulo 224 - Es propiedad exclusiva de los Municipios y del Distrito Especial...

Articulo 225 - Los casinos que se establezcan conforme a la ley podrán...

Articulo 226 - Las rentas sobre degüello de ganado menor no podrán darse...

Articulo 227 - <Artículo derogado -ratifica su derogatoria- por el artículo 376 de...

Articulo 228 - <Artículo derogado -ratifica su derogatoria- por el artículo 376 de...

Articulo 229 - El Distrito Especial de Bogotá<2> y los Municipios en donde...

Articulo 230 - Previa autorización de las Asambleas Departamentales, Consejos Intendenciales o Comisariales<1>,...

Articulo 231 - La obligación de adherir y anular la estampilla a que...

Articulo 232 - El producido de la estampilla se destinará a la financiación...

Artículo 233 - Los Concejos Municipales y el Distrito Especial de Bogotá<2>, pueden...

Capítulo III

Articulo 234 - <Ver Notas del Editor> El impuesto de valorización, establecido por...

Articulo 235 - <Ver Notas del Editor> El establecimiento, la distribución y el...

Articulo 236 - <Ver Notas del Editor> Para liquidar la contribución de valorización...

Articulo 237 - <Ver Notas del Editor> Con excepción de los inmuebles contemplados...

Articulo 238 - <Ver Notas del Editor> Las contribuciones nacionales de valorización en...

Articulo 239 - La contribución de valorización constituye gravamen real sobre la propiedad...

Articulo 240 - Los Registradores de Instrumentos Públicos no podrán registrar escritura pública...

Articulo 241 - Para el cobro por jurisdicción coactiva de las contribuciones de...

Articulo 242 - Los departamentos, el Distrito Especial de Bogotá<2> y los municipios...

Articulo 243 - <Ver Notas del Editor> Los municipios no podrán cobrar contribución...

Articulo 244 - Las disposiciones de los artículos 1o., a 6o. del Decreto...

Articulo 245 - A partir del 1o. de julio de la vigencia fiscal...

Articulo 246 - A partir del 1o. de julio de la vigencia fiscal...

Articulo 247 - El porcentaje a que se refiere el literal a) del...

Articulo 248 - La distribución del porcentaje adicional para las poblaciones de que...

Articulo 249 - La distribución de la participación del impuesto a las ventas,...

Articulo 250 - Los municipios de todo el país y el Distrito Especial...

Articulo 251 - La proporción de la participación del impuesto a las ventas...

Articulo 252 - En los municipios donde la mayoría de la población está...

Articulo 253 - De las transferencias que deban hacerse por concepto de la...

Articulo 254 - Los municipios podrán celebrar contratos o convenios con entidades administrativas...

Articulo 255 - <Artículo INEXEQUIBLE>.

Articulo 256 - El Ministerio de Hacienda y Crédito Público transferirá a los...

Articulo 257 - Los datos sobre población a que se refieren los artículos...

Capítulo IV

Artículo 258 - Los Municipios y el Distrito Especial de Bogotá<2> sólo podrán...

Artículo 259 - No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, continuarán vigentes:...

Artículo 260 - En caso de mora en el pago de los impuestos...

Articulo 261 - Para los efectos de liquidación y control de impuestos nacionales,...

Título XI

Articulo 262 - No podrá hacerse ningún gasto público que no haya sido...

Articulo 263 - En tiempo de paz no se podrá percibir contribución o...

Articulo 264 - En desarrollo de lo dispuesto en los artículos 6o., 187,...

Articulo 265 - Los presupuestos municipales se formarán para periodos anuales, contados desde...

Articulo 266 - En el primer día de las sesiones ordinarias del mes...

Articulo 267 - <Ver Notas del Editor> El período fiscal de los Municipios...

Articulo 268 - Los Concejos Municipales incluirán en los presupuestos de gastos de...

Articulo 269 - Se declara gasto obligatorio para los Municipios el de que...

Articulo 270 - Las apropiaciones previstas en los artículo 1o. de la Ley...

Articulo 271 - Las apropiaciones de que trata el artículo anterior podrán destinarse,...

Articulo 272 - Conforme a lo dispuesto en la Ley 130 de 1985,...

Título XII

Articulo 273 - Los contratos que celebren los Municipios y sus establecimientos públicos...

Articulo 274 - Mientras el Congreso expide las normas sobre contratación a que...

Articulo 275 - La enajenación de bienes raíces que hagan las entidades de...

Articulo 276 - Los contratos de empréstito que celebren los Municipios y sus...

Articulo 277 - Son créditos internos los pactados en moneda nacional o extranjera...

Articulo 278 - Las operaciones de crédito público interno que proyecten celebrar los...

Articulo 279 - Las operaciones de crédito a que se refiere el artículo...

Articulo 280 - Las operaciones de crédito interno que proyecten celebrar las entidades...

Articulo 281 - <Artículo derogado por el Artículo 138, numeral 7o., de la...

Articulo 282 - Las operaciones de crédito interno no podrán contar con garantía...

Articulo 283 - Los Concejos Municipales y las juntas o consejos directivos de...

Articulo 284 - Las entidades a que se refiere el presente Título no...

Articulo 285 - Las disposiciones del presente Título no rigen respecto de los...

Articulo 286 - Los contratos de crédito externo que proyecten celebrar los Municipios...

Articulo 287 - Los contratos, excluidos los de empréstito externo e interno que...

Título XIII

Artículo 288 - <Modificado por el Decreto 1569 de 1998, según lo establece...

Artículo 289 - La determinación de las plantas de personal, de las Alcaldías,...

Articulo 290 - Las funciones a que se refieren los artículos anteriores en...

Articulo 291 - El régimen de prestaciones sociales de los empleados públicos municipales...

Artículo 292 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> Los servidores municipales son empleados públicos; sin...

Artículo 293 - Los empleados públicos se rigen por las normas de la...

Articulo 294 - La expedición de actos relacionados con el nombramiento, remoción y...

Articulo 295 - <Ver Notas del Editor> El Presidente de la República, los...

Articulo 296 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> La administración de personal por las autoridades...

Articulo 297 - Los Municipios repetirán contra las personas que hubieren efectuado elecciones,...

Articulo 298 - <Ver Notas del Editor> A los empleados o funcionarios públicos...

Articulo 299 - El funcionario o empleado público que forme parte de comités,...

Articulo 300 - <Ver Notas del Editor> En ningún caso la filiación política...

Articulo 301 - Ningún ex-empleado de entidades oficiales o semioficiales de todo orden...

Articulo 302 - La contravención a lo dispuesto en el artículo anterior producirá...

Articulo 303 - El Procurador General de la Nación, mediante concepto fundado en...

Título XIV

Articulo 304 - <Ver Notas del Editor> La vigilancia de la gestión fiscal...

Articulo 305 - Los Concejos de los Municipios cuyo presupuesto anual sea superior...

Articulo 306 - <Declarado INEXEQUIBLE>.

Articulo 307 - Además de las que señalen las leyes y los acuerdos...

Articulo 308 - Las Contralorías no ejercerán funciones administrativas distintas de las inherentes...

Articulo 309 - <Artículo subrogado por el artículo 6o. de la Ley 53...

Articulo 310 - Los Concejos Municipales podrán dictar reglas especiales sobre la manera...

Título XV

Capítulo I

Articulo 311 - Para la mejor administración y prestación de los servicios a...

Articulo 312 - En cada Comuna o Corregimiento habrá una Junta Administradora Local...

Articulo 313 - Las Juntas Administradoras, que se reunirán como mínimo una vez...

Articulo 314 - La Registraduría Nacional del Estado Civil prestará a los Municipios...

Articulo 315 - Las Juntas Administradoras Locales distribuirán y asignarán las partidas que...

Articulo 316 - Las Juntas Administradoras Locales no podrán crear organización administrativa alguna,...

Articulo 317 - <Ver Notas del Editor> Los Corregimientos Intendenciales o Comisariales que...

Articulo 318 - <Ver Notas del Editor> El Gobierno Nacional, por solicitud de...

Articulo 319 - <Ver Notas del Editor> En cada Corregimiento Intendencial o Comisarial,...

Capítulo II

Artículo 320 - La creación de Inspecciones Municipales de Policía corresponde a los...

Artículo 321 - Además de las que les señalen la ley y las...

Articulo 322 - Cuando en el Municipio no hubiere Inspector de Policía, el...

Articulo 323 - Según la categoría del Municipio de que se trate y...

Título XVI

Articulo 324 - <Ver Notas del Editor> La ley establecerá las condiciones y...

Articulo 325 - <Ver Notas del Editor> Dos o más Municipios, aunque pertenezcan...

Articulo 326 - Las asociaciones de Municipios pueden limitar su objeto a un...

Articulo 327 - <Ver Notas del Editor> Las Asociaciones de Municipios son entidades...

Articulo 328 - <Ver Notas del Editor> Cada Municipio podrá formar, a la...

Articulo 329 - <Ver Notas del Editor> Ningún Distrito municipal pierde ni compromete...

Articulo 330 - <Ver Notas del Editor> La Asociación voluntaria de Municipios se...

Articulo 331 - <Ver Notas del Editor> La constitución de una Asociación de...

Articulo 332 - <Ver Notas del Editor> Facúltase a las Asambleas Departamentales para...

Articulo 333 - <Ver Notas del Editor> Cuando las Asambleas, a iniciativa del...

Articulo 334 - <Ver Notas del Editor> Para cumplir su objeto, las Asociaciones...

Articulo 335 - Las obras cuyos planes y proyectos adopte una asociación de...

Articulo 336 - Cada Asociación de Municipios deberá coordinar sus programas con los...

Articulo 337 - Delégase en las Asociaciones de Municipios que se creen o...

Articulo 338 - <Ver Notas del Editor> Los estatutos de cada Asociación de...

Articulo 339 - Cada Asociación de Municipios tendrá los siguientes órganos de administración:...

Articulo 340 - El ejercicio de la función de miembro de la junta...

Articulo 341 - Las disposiciones sobre organización y funcionamiento de los Concejos Municipales...

Articulo 342 - Cada Asociación de Municipios, ciñéndose a su propia organización estatutaria,...

Articulo 343 - Los bienes y, en general, los recursos de las Asociaciones...

Articulo 344 - Facúltase a las Asambleas Departamentales, y a los Concejos Municipales...

Articulo 345 - El control fiscal de las Asociaciones formadas por Municipios de...

Articulo 346 - Las Asociaciones de Municipios creadas con anterioridad a la vigencia...

Articulo 347 - La Nación y los Departamentos ayudarán a las Asociaciones de...

Título XVII

Articulo 348 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 349 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 350 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 351 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 352 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 353 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 354 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 355 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 356 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 357 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 358 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 359 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 360 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 361 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 362 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 363 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 364 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 365 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 366 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 367 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 368 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 369 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 370 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 371 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 372 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Articulo 373 - <Artículo derogado por el Artículo 30 de la Ley 128...

Título XVIII

Articulo 374 - <Ver Notas del Editor> Previo cumplimiento de los requisitos y...

Artículo 375 - Las Juntas de Acción Comunal, las Sociedades de Mejora y...

Artículo 376 - Los contratos que celebren los Municipios en desarrollo del artículo...

Articulo 377 - En virtud de contratos de fiducia, sujetos a lo dispuesto...

Artículo 378 - El incumplimiento de las obligaciones por parte de los contratistas...

Título XIX

Articulo 379 - <Fuente original codificada: Art. 1o. de la Ley 57 de...

Articulo 380 - En los asuntos departamentales y municipales, se aplicarán las disposiciones...

Articulo 381 - En las elecciones a que se refiere este Código, se...

Articulo 382 - <Ver Notas del Editor> A fin de asegurar la representación...

Articulo 383 - <Ver Notas del Editor> Los Municipios de las Intendencias y...

Articulo 384 - Continuarán haciendo parte de los estatutos legales correspondientes, las normas...

Articulo 385 - Conforme a lo dispuesto en el artículo 76, literal b)...

Articulo 386 - El presente Decreto rige a partir de la fecha de...