<Ver Notas del Editor> El período fiscal de los Municipios Intendenciales o Comisariales se iniciará el 1o. de abril de cada año y concluirá el 31 de marzo del año siguiente.
El proyecto de presupuesto para Municipios deberá ser presentado por el Alcalde al Concejo, dentro de los primeros cinco (5) días de las sesiones que se inician el primero (1o.) de febrero.
Si el último día de febrero el Concejo no ha expedido el presupuesto, regirá el presentado por el Alcalde, previa aprobación del Intendente o Comisario<1> respectivo, según el caso, el cual podrá introducir las modificaciones que juzgue convenientes.
Estructura Código de régimen municipal