<Ver Notas del Editor> Los estatutos de cada Asociación de Municipios deberán precisar, cuando menos:
a) Qué Municipios la forman, el nombre, domicilio y dirección de la Asociación;
b) Qué servicios públicos constituyen su objeto;
c) Los aportes de los Municipios asociados y Ios demás bienes que formen su patrimonio;
d) Por cuánto tiempo se pacta la Asociación;
e) Competencia de sus órganos de administración y la representación que tendrán en ellos los asociados;
f) Procedimiento para reformar los estatutos, modo de resolver las diferencias que ocurran entre los asociados, y lo relativo a la disolución y liquidación de la Asociación; y
g) Régimen interno de administración.
Estructura Código de régimen municipal