Se hará el censo de las aguas y bosques en predios de propiedad privada.
Los propietarios estarán obligados a declarar los derechos que sobre tales recursos tengan. Quienes incumplan esta obligación estarán sujetos a apremios y sanciones hasta cuando efectuaren tal declaración, decretados en los términos previstos por las leyes.
Estructura Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente