La construcción de obras de infraestructura, como vías, embalses, represas o edificaciones, y la realización de actividades económicas dentro de las áreas de reserva forestal, requerirán licencia previa.
La licencia sólo se otorgará cuando se haya comprobado que la ejecución de las obras y el ejercicio de las actividades no atenta contra la conservación de los recursos naturales renovables del área.
El titular de licencia deberá adoptar a su costa, las medidas de protección adecuadas.
Estructura Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente