En las áreas que integran el sistema de parques nacionales se prohibe:
a). La introducción y transplante de especies animales o vegetales exóticas;
b). El vertimiento, introducción, distribución, uso o abandono de sustancias tóxicas o contaminantes que puedan perturbar los ecosistemas o causar daños en ellos;
c). La utilización de cualquier producto químico de efectos residuales y de explosivos, salvo cuando los últimos deban emplearse en obra autorizada;
d). Las demás establecidas por la ley o el reglamento.
Estructura Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente