<Artículo modificado por el artículo 18 de la Ley 2099 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> La concesión de aguas superficiales y/o subterráneas será otorgada por parte de la autoridad ambiental en la licencia ambiental, cuando ello aplique, dependiendo del tipo de uso del recurso geotérmico que se vaya a adelantar.
Estructura Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente