Estarán sujetos a adecuación y restauración los suelos que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
a). Inexplotación si, en especiales condiciones de manejo, se pueden poner en utilización económica.
b). Aplicación inadecuada que interfiera la estabilidad del ambiente;
c). Sujeción a limitaciones físico - químicas o biológicas que afecten la productividad del suelo.
d). Explotación inadecuada.
L0491_99
Estructura Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente