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Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente
Titulo IV

Articulo 20 - Se organizará y mantendrá al día un sistema de informaciones...

Articulo 21 - Mediante el sistema de informaciones ambientales se procesarán y analizarán,...

Articulo 22 - Las entidades oficiales suministrarán la información de que dispongan o...

Articulo 23 - Los propietarios, usuarios, concesionarios, arrendatarios y titulares de permiso de...

Articulo 24 - Los datos del sistema serán de libre consulta y deberán...

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