Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente

Titulo preliminar

Capitulo unico

Artículo 1o - El ambiente es patrimonio común. El Estado y los particulares...

Artículo 2o - Fundado en el principio de que el ambiente es patrimonio...

Articulo 3o - De acuerdo con los objetivos enunciados, el presente Código regula:...

Articulo 4o - Se reconocen los derechos adquiridos por particulares con arreglo a...

Articulo 5o - El presente Código rige en todo el territorio nacional, el...

Articulo 6o - La ejecución de la política ambiental de este Código será...

Articulo 7o - Toda persona tiene derecho a disfrutar de ambiente sano.

Articulo 8o - Se consideran factores que deterioran el ambiente, entre otros: a)....

Articulo 9o - El uso de elementos ambientales y de recursos naturales renovables,...

Articulo 10 - Para prevenir o solucionar los problemas ambientales y regular la...

Articulo 11 - Los recursos naturales materia de las previsiones a que se...

Articulo 12 - El Gobierno procurará evitar o prohibirá la utilización de elementos...

Titulo I

Artículo 13 - Con el objeto de fomentar la conservación, mejoramiento y restauración...

Titulo II

Articulo 14 - Dentro de las facultades que constitucionalmente le competen, el Gobierno...

Articulo 15 - Por medios de comunicación adecuada, se motivará a la población...

Articulo 16 - Para ayudar a formar y mantener en la comunidad conocimiento...

Articulo 17 - <Ver Notas del Editor> Créase el Servicio Nacional Ambiental Obligatorio...

Titulo III

Articulo 18 - <Artículo derogado por el artículo 118 de la Ley 99...

Articulo 19 - El Gobierno Nacional calculará por sectores de usuarios y por...

Titulo IV

Articulo 20 - Se organizará y mantendrá al día un sistema de informaciones...

Articulo 21 - Mediante el sistema de informaciones ambientales se procesarán y analizarán,...

Articulo 22 - Las entidades oficiales suministrarán la información de que dispongan o...

Articulo 23 - Los propietarios, usuarios, concesionarios, arrendatarios y titulares de permiso de...

Articulo 24 - Los datos del sistema serán de libre consulta y deberán...

Titulo V

Articulo 25 - En el Presupuesto Nacional se incluirá anualmente una partida especial...

Articulo 26 - En el proyecto general de cualquier obra pública que utilice...

Titulo VI

Articulo 27 - <Artículo derogado por el artículo 118 de la Ley 99...

Articulo 28 - <Artículo derogado por el artículo 118 de la Ley 99...

Articulo 29 - <Artículo derogado por el artículo 118 de la Ley 99...

Titulo VII

Articulo 30 - Para la adecuada protección del ambiente y de los recursos...

Titulo VIII

Articulo 31 - En accidentes acaecidos o que previsiblemente puedan sobrevenir, que causen...

Titulo I

Articulo 32 - Para prevenir deterioro ambiental o daño en la salud del...

Titulo II

Articulo 33 - Se establecerán las condiciones y requisitos necesarios para preservar y...

Titulo III

Articulo 34 - En el manejo de residuos, basuras, desechos y desperdicios, se...

Articulo 35 - Se prohibe descargar, sin autorización, los residuos, basuras y desperdicios,...

Articulo 36 - Para la disposición o procesamiento final de las basuras se...

Articulo 37 - Los municipios deberán organizar servicios adecuados de recolección, transporte y...

Articulo 38 - Por razón del volumen o de la calidad de los...

Titulo IV

Articulo 39 - Para prevenir y para controlar los efectos nocivos que puedan...

Articulo 40 - La importación, producción, transporte, almacenamiento y empleo de gases, requerirán...

Titulo V

Articulo 41 - Para evitar la introducción, propagación y distribución de enfermedades del...

Articulo 42 - Pertenecen a la Nación los recursos naturales renovables y demás...

Articulo 43 - El derecho de propiedad privada sobre recursos naturales renovables deberá...

Titulo II

Articulo 44 - El Departamento Nacional de Planeación coordinará la elaboración de inventarios...

Articulo 45 - La actividad administrativa en relación con el manejo de los...

Articulo 46 - Cuando sea necesario construir obras u organizar servicios públicos para...

Titulo III

Artículo 47 - Sin perjuicio de derechos legítimamente adquiridos por terceros o de...

Titulo IV

Articulo 48 - Además de las normas especiales contenidas en el presente libro,...

Articulo 49 - Las prioridades referentes a los diversos usos y al otorgamiento...

Titulo V

Capitulo I

Articulo 50 - Sin perjuicio de lo dispuesto especialmente para cada recurso, las...

Articulo 51 - El derecho de usar los recursos naturales renovables puede ser...

Articulo 52 - Los particulares pueden solicitar el otorgamiento del uso de cualquier...

Capitulo II

Articulo 53 - Todos los habitantes del territorio nacional sin que necesiten permiso,...

Capitulo III

Articulo 54 - Podrá concederse permiso para el uso temporal de partes delimitadas...

Articulo 55 - La duración del permiso será fijada de acuerdo con la...

Articulo 56 - Podrá otorgarse permiso para el estudio de recursos naturales cuyo...

Articulo 57 - Los titulares de los permisos a que se refiere el...

Articulo 58 - Mientras se encuentre vigente un permiso de estudios no podrá...

Capitulo IV

Articulo 59 - Las concesiones se otorgarán en los casos expresamente previstos por...

Articulo 60 - La duración de una concesión será fijada teniendo en cuenta...

Articulo 61 - En su caso, la resolución o el contrato de concesión...

Articulo 62 - Serán causales generales de caducidad las siguientes, aparte de las...

Articulo 63 - La declaración de caducidad no se hará sin que previamente...

Titulo VI

Capitulo I

Articulo 64 - Las concesiones, autorizaciones y permiso para uso de recursos naturales...

Articulo 65 - Se hará el censo de las aguas y bosques en...

Capitulo II

Articulo 66 - Se organizará servicios de representación cartográfica de los objetos sobre...

Titulo VII

Capitulo I

Articulo 67 - De oficio o a petición de cualquier particular interesado, se...

Articulo 68 - El concesionario o el titular de permiso de uso de...

Capitulo II

Articulo 69 - Se podrán adquirir bienes de propiedad privada y los patrimoniales...

Articulo 70 - Para los servicios de captación, almacenamiento y tratamiento de las...

Articulo 71 - Para los efectos del inciso tercero del artículo 30 de...

Articulo 72 - Las normas del presente capítulo no se aplican a la...

Articulo 73 - Corresponde al gobierno mantener la atmósfera en condiciones que no...

Articulo 74 - Se prohibirá, restringirá o condicionará la descarga en la atmósfera...

Articulo 75 - Para prevenir la contaminación atmosférica se dictarán disposiciones concernientes a:...

Articulo 76 - Por medio de programas educativos se ilustrará a la población...

Titulo I

Capitulo I

Articulo 77 - Las disposiciones de esta parte regulan el aprovechamiento de las...

Articulo 78 - Con excepción de las meteóricas y de las subterráneas, las...

Articulo 79 - Son aguas minerales y medicinales las que contienen en disolución...

Capitulo II

Articulo 80 - Sin perjuicio de los derechos privados adquiridos con arreglo a...

Articulo 81 - De acuerdo con el artículo 677 del Código Civil, se...

Articulo 82 - El dominio privado de las aguas se extingue por ministerio...

Articulo 83 - Salvo derechos adquiridos por particulares, son bienes inalienables e imprescindibles...

Articulo 84 - La adjudicación de un baldío no comprende la propiedad de...

Articulo 85 - Salvos los derechos adquiridos, la nación se reserva la propiedad...

Titulo II

Capitulo I

Articulo 86 - Toda persona tiene derecho a utilizar las aguas de dominio...

Articulo 87 - Por ministerio de la leyes se podrá hacer uso de...

Capitulo II

Articulo 88 - Salvo disposiciones especiales, solo puede hacerse uso de las aguas...

Articulo 89 - La concesión de un aprovechamiento de aguas estará sujeta a...

Articulo 90 - La prelación para otorgar concesiones de aguas se sujetará a...

Articulo 91 - En caso de escasez, de sequía u otros semejantes, previamente...

Articulo 92 - Para poder otorgarla, toda concesión de aguas estará sujeta a...

Articulo 93 - Las concesiones otorgadas no serán obstáculo para que con posterioridad...

Articulo 94 - Cuando el concesionario quisiere variar condiciones de una concesión, deberá...

Articulo 95 - Previa autorización, el concesionario puede traspasar, total o parcialmente, el...

Articulo 96 - El dueño o el poseedor de predio o industria podrá...

Articulo 97 - Para que pueda hacerse uso de una concesión se requiere:...

Capitulo III

Articulo 98 - Los modos de adquirir derecho a usar las aguas se...

Titulo III

Capitulo I

Articulo 99 - Requiere permiso la extracción por particulares, de materiales de arrastre...

Articulo 100 - En cuanto autoricen trabajos en cauces o lechos de ríos...

Articulo 101 - Se ordenará la suspensión provisional o definitiva de las explotaciones...

Capitulo II

Articulo 102 - Quien pretenda construir obras que ocupen el cauce de una...

Articulo 103 - Para establecer servicios de turismo, recreación o deporte en corrientes,...

Articulo 104 - La ocupación permanente de playas solo se permitirá para efectos...

Articulo 105 - Serán aplicables a la ocupación de cauces de corrientes y...

Titulo IV

Capitulo I

Articulo 106 - Las servidumbres de interés privado se rigen por los Códigos...

Capitulo II

Articulo 107 - Para imponer servidumbres de acueducto en interés privado de quien...

Capitulo III

Articulo 108 - Todo predio está sujeto a la servidumbre de desagüe en...

Articulo 109 - Al fijarse la indemnización en favor del dueño del predio...

Articulo 110 - La servidumbre natural de recibir aguas se regirá por el...

Articulo 111 - Para imponer las servidumbres a que se refiere el presente...

Capitulo IV

Articulo 112 - La servidumbre de presa y estribo consiste en apoyar sobre...

Articulo 113 - Toda heredad está sujeta a la servidumbre de estribo en...

Articulo 114 - Las obras de presa deberán construirse y conservarse de manera...

Capitulo V

Articulo 115 - La servidumbre de tránsito para transporte de aguas consiste en...

Articulo 116 - El dueño de heredad que carezca de las aguas necesarias...

Articulo 117 - Para la constitución de las servidumbres de que tratan los...

Capitulo VI

Articulo 118 - Los dueños de predios ribereños están obligados a dejar libre...

Titulo V

Articulo 119 - Las disposiciones del presente título tienen por objeto promover, fomentar,...

Articulo 120 - El usuario a quien se haya otorgado una concesión de...

Articulo 121 - Las obras de captación de aguas públicas o privadas deberán...

Articulo 122 - Los usuarios de aguas deberán mantener en condiciones óptimas las...

Articulo 123 - En obras de rectificación de cauces o de defensa de...

Articulo 124 - Los propietarios, poseedores o tenedores de predios o las asociaciones...

Articulo 125 - En la resolución de concesión se señalará el sitio a...

Articulo 126 - Cuando por causa de aguas lluvias o sobrantes de aguas...

Articulo 127 - Se podrá ordenar la destrucción de obras ejecutadas sin permiso...

Articulo 128 - El Gobierno Nacional podrá construir las obras necesarias para aprovechamiento...

Articulo 129 - En ningún caso el propietario poseedor o tenedor de un...

Articulo 130 - Cuando sea necesario construir diques o presas para la captación...

Articulo 131 - Cuando una o varias personas pretendan construir acueductos rurales para...

Titulo VI

Capitulo I

Articulo 132 - Sin permiso, no se podrán alterar los cauces, ni el...

Articulo 133 - Los usuarios están obligados a: a). Aprovechar las aguas con...

Capitulo II

Articulo 134 - Corresponde al Estado garantizar la calidad del agua para consumo...

Articulo 135 - Para comprobar la existencia y efectividad de los sistemas empleados,...

Articulo 136 - Las industrias que por razón de su proceso productivo viertan...

Articulo 137 - Serán objeto de protección y control especial: a). Las aguas...

Articulo 138 - Se fijarán zonas en que quede prohibido descargar, sin tratamiento...

Articulo 139 - Para iniciar la construcción, ensanche o alteración de habitaciones o...

Articulo 140 - El beneficiario de toda concesión sobre aguas estará siempre sometido...

Articulo 141 - Las industrias que no puedan garantizar la calidad de las...

Articulo 142 - Las industrias sólo podrán descargar sus efluentes en el sistema...

Articulo 143 - Previo análisis de las fuentes receptoras de aguas negras o...

Articulo 144 - El propietario, poseedor o tenedor de predio no podrá oponerse...

Articulo 145 - Cuando las aguas servidas no puedan llevarse a sistema de...

Capitulo III

Articulo 146 - Las personas a quienes se otorgue una concesión de agua...

Articulo 147 - En el laboreo de minas deberá evitarse la contaminación de...

Articulo 148 - El dueño, poseedor o tenedor de un predio puede servirse...

Titulo VII

Articulo 149 - Para los efectos de este título, se entiende por aguas...

Articulo 150 - Se organizará la protección y aprovechamiento de aguas subterráneas.

Articulo 151 - El dueño poseedor o tenedor tendrá derecho preferente en el...

Articulo 152 - Cuando se compruebe que las aguas del subsuelo de una...

Articulo 153 - Las concesiones de aprovechamiento de aguas subterráneas podrán ser revisadas...

Articulo 154 - El titular de concesión de aguas subterráneas está obligado a...

Titulo VIII

Capitulo unico

Articulo 155 - Corresponde al Gobierno: a). Autorizar y controlar el aprovechamiento de...

Articulo 156 - Para el aprovechamiento de las aguas se estudiará en conjunto...

Articulo 157 - Cualquier reglamentación de uso de aguas podrá ser revisada o...

Titulo IX

Articulo 158 - Las entidades territoriales no pueden gravar con impuestos el aprovechamiento...

Articulo 159 - <Artículo INEXEQUIBLE>

Articulo 160 - <Artículo INEXEQUIBLE>

Titulo X

Articulo 161 - Se podrán establecer asociaciones de usuarios de aguas, constituidas por...

Articulo 162 - Cuando una derivación beneficie varios predios de distinto dueño o...

Titulo XI

Articulo 163 - El que infrinja las normas que rigen las concesiones de...

Articulo 164 - Corresponde al Estado la protección del ambiente marino, constituido por...

Articulo 165 - El ejercicio de cualquier actividad que pueda causar contaminación o...

Articulo 166 - Cualquier actividad que tenga por objeto explotar recursos marinos deberá...

Articulo 167 - Son recursos energéticos primarios: a). La energía solar; b). La...

Articulo 168 - Las pendientes son recurso natural utilizable para generar energía, distinto...

Articulo 169 - Sin perjuicio de derechos adquiridos, la Nación se reserva el...

Articulo 170 - Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que deseen...

Articulo 171 - Las normas sobre concesiones de aguas serán aplicables a las...

Articulo 172 - <Artículo modificado por el artículo 17 de la Ley 2099...

Articulo 173 - <Artículo derogado por el artículo 58 de la Ley 2099...

Articulo 174 - Sin perjuicio de derechos adquiridos, la Nación se reserva el...

Articulo 175 - Los recursos geotérmicos pueden tener entre otros, los siguientes usos:...

Articulo 176 - <Artículo modificado por el artículo 18 de la Ley 2099...

Articulo 177 - <Artículo modificado por el artículo 19 de la Ley 2099...

Titulo I

Capitulo I

Articulo 178 - Los suelos del territorio nacional deberán usarse de acuerdo a...

Artículo 179 - El aprovechamiento de los suelos deberá efectuarse en forma de...

Articulo 180 - Es deber de todos los habitantes de la República colaborar...

Capitulo II

Articulo 181 - Son facultades de la administración: a). Velar por la conservación...

Capitulo III

Artículo 182 - Estarán sujetos a adecuación y restauración los suelos que se...

Artículo 183 - Los proyectos de adecuación o restauración de suelos deberán fundamentarse...

Articulo 184 - Los terrenos con pendiente superior a la que se determine...

Articulo 185 - A las actividades mineras de construcción, ejecución de obras de...

Articulo 186 - Salvo autorización y siempre con la obligación de reemplazarla adecuada...

Titulo II

Capitulo I

Articulo 187 - Se planeará el desarrollo urbano determinando, entre otros, sectores residenciales,...

Articulo 188 - La planeación urbana comprenderá principalmente: 1o. La reglamentación de la...

Articulo 189 - En los centros urbanos, las industrias que por su naturaleza...

Articulo 190 - Se tomarán las medidas necesarias para que las industrias existentes...

Articulo 191 - En el sector rural, la instalación de industrias que, por...

Capitulo II

Articulo 192 - En la planeación urbana se tendrá en cuenta las tendencias...

Articulo 193 - En la construcción de carreteras y de vías férreas se...

Articulo 194 - Las normas de esta parte se aplican a cualquier individuo...

Titulo I

Articulo 195 - Se entiende pro flora el conjunto de especies e individuos...

Articulo 196 - Se tomarán las medidas necesarias para conservar o evitar la...

Articulo 197 - Los propietarios de individuos protegidos serán responsables por el buen...

Articulo 198 - Para la importación de cualquier individuo o producto de la...

Titulo II

Capitulo I

Articulo 199 - Se denomina flora silvestre el conjunto de especies e individuos...

Articulo 200 - Para proteger la flora silvestre se podrán tomar las medidas...

Capitulo II

Articulo 201 - Para el manejo, uso, aprovechamiento y comercialización de a flora...

Titulo III

Articulo 202 - <Artículo modificado por el artículo 203 de la Ley 1450...

Articulo 203 - Es área forestal productora la zona que debe ser conservada...

Articulo 204 - Se entiende por área forestal protectora la zona que debe...

Articulo 205 - Se entiende por área forestal protectora - productora la zona...

Capitulo I

Articulo 206 - <Ver Notas del Editor> Se denomina área de reserva forestal...

Articulo 207 - El área de reserva forestal sólo podrá destinarse al aprovechamiento...

Articulo 208 - La construcción de obras de infraestructura, como vías, embalses, represas...

Articulo 209 - No podrán ser adjudicados los baldíos de las áreas de...

Articulo 210 - Si en área de reserva forestal, por razones de utilidad...

Capitulo II

Articulo 211 - Se entiende por aprovechamiento forestal la extracción de productos de...

Articulo 212 - Los aprovechamientos forestales pueden ser persistentes, únicos o domésticos.

Articulo 213 - Son aprovechamientos forestales persistentes los que se efectúan con la...

Articulo 214 - Son aprovechamientos forestales únicos los que técnicamente se realicen en...

Articulo 215 - Son aprovechamientos forestales domésticos los que se efectúan exclusivamente para...

Articulo 216 - Los aprovechamientos forestales persistentes de los bosques naturales o artificiales...

Articulo 217 - Los aprovechamientos forestales a que se refiere el inciso primero...

Articulo 218 - Los aprovechamientos forestales únicos de bosques naturales o artificiales, en...

Articulo 219 - La explotación forestal por el sistema de aserrío en baja...

Articulo 220 - El concesionario o el beneficiario de permiso de aprovechamientos forestales...

Articulo 221 - Los beneficiarios de permisos de aprovechamiento forestal único pagarán, además...

Articulo 222 - Cuando se determine que el concesionario o el titular de...

Articulo 223 - Todo producto forestal primario que entre al territorio nacional, salga...

Articulo 224 - Cualquier aprovechamiento, procesamiento primario, movilización o comercialización de productos forestales,...

Capitulo III

Articulo 225 - Son empresas forestales las que realizan actividades de plantación, aprovechamiento,...

Articulo 226 - Son empresas forestales integradas las que efectúan la utilización óptima...

Articulo 227 - Toda empresa forestal deberá obtener permiso.

Articulo 228 - Las empresas forestales y de transporte están obligadas a suministrar...

Capitulo IV

Articulo 229 - La reforestación consiste en el establecimiento artificial de árboles para...

Articulo 230 - Se denomina plantación forestal el bosque originado por la reforestación...

Articulo 231 - La ejecución de programas de plantaciones forestales protectoras - productoras...

Articulo 232 - La ocupación o posesión de plantaciones forestales, por en suelos...

Articulo 233 - Los incentivos y las modalidades de crédito que se establezcan...

Articulo 234 - Son de propiedad de la nación las plantaciones forestales, industriales,...

Articulo 235 - Para la importación de semillas y material vegetal de especies...

Capitulo V

Articulo 236 - La persona natural o jurídica que solicite crédito para el...

Articulo 237 - Se reglamentará y supervisará la asistencia técnica forestal.

Capitulo VI

Articulo 238 - Todo proyecto de investigación forestal con financiación, total o parcial,...

Articulo 239 - Toda modificación o adición al plan nacional de investigaciones forestales...

Capitulo VII

Articulo 240 - En la comercialización de productos forestales la administración tendrá las...

Titulo II

Articulo 241 - Se organizarán medidas de prevención y control de incendios forestales...

Articulo 242 - Toda persona está obligada a comunicar inmediatamente la existencia de...

Articulo 243 - Los propietarios, poseedores, tenedores, ocupantes a cualquier título y mayordomos...

Articulo 244 - Los propietarios, poseedores, tenedores y ocupantes de predios rurales están...

Articulo 245 - La administración deberá: a). Expedir la reglamentación que considere necesaria...

Articulo 246 - Toda persona que posea, aproveche, transporte, transforme, almacene o comercialice...

Titulo I

Capitulo I

Articulo 247 - Las normas de este título tienen por objeto asegurar la...

Articulo 248 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE, efectos diferidos hasta el 21 de agosto...

Capitulo II

Articulo 249 - Entiéndese por fauna silvestre el conjunto de animales que no...

Articulo 250 - Entiéndese por caza todo acto dirigido a la captura de...

Articulo 251 - Son actividades de caza la cría, captura, transformación, procesamiento, transporte...

Articulo 252 - Por su finalidad la caza se clasifica en: a). Caza...

Articulo 253 - Entiéndese por territorio fáunico el que se reserva y alinda...

Articulo 254 - Es zoocriadero el área de propiedad pública o privada que...

Articulo 255 - Es reserva de caza el área que se reserva y...

Articulo 256 - <Artículo INEXEQUIBLE, efectos diferidos hasta el 21 de agosto de...

Articulo 257 - Se entiende por veda de caza la prohibición temporal de...

Capitulo III

Articulo 258 - Corresponde a la Administración Pública, en lo relativo a fauna...

Articulo 259 - Se requiere permiso previo para el ejercicio de la caza,...

Articulo 260 - Las empresas dedicadas a la comercialización o a la transformación...

Articulo 261 - Las exportaciones hechas por las empresas a que se refiere...

Articulo 262 - El ejercicio de la caza comercial, no confiere al titular...

Articulo 263 - Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la...

Articulo 264 - Solamente podrán utilizarse con fines de caza las armas, pertechos...

Capitulo IV

Articulo 265 - Esta prohibido: a). Hacer quemas o incendios para acorralar, hacer...

Titulo I

Capitulo I

Articulo 266 - Las normas de esta parte tienen por objeto asegurar la...

Articulo 267 - Son bienes de la nación los recursos hidrobiológicos existentes en...

Articulo 268 - Está igualmente sometida a las disposiciones de este Código y...

Articulo 269 - Las normas de este Código relacionadas con la flora terrestre...

Capitulo II

Articulo 270 - Entiéndese por recursos hidrobiológicos el conjunto de organismos animales y...

Articulo 271 - Entiéndese por pesca el aprovechamiento de cualquiera de los recursos...

Articulo 272 - Se entiende por industria pesquera toda actividad de cultivo, captura,...

Articulo 273 - Por su finalidad la pesca se clasifica así: 1o. Comercial,...

Capitulo III

Articulo 274 - Corresponde a la Administración Pública: a). Determinar prohibiciones o vedas...

Capitulo IV

Articulo 275 - Para ejercer actividades de pesca se requiere permiso. La pesca...

Articulo 276 - En aguas de dominio privado y en las concedidas para...

Articulo 277 - Las actividades relacionadas con la pesca deben practicarse de manera...

Articulo 278 - En sus faenas de pesca, los pescadores tendrán derecho al...

Articulo 279 - En ningún caso, los permisos de pesca conferirán derechos que...

Articulo 280 - Para el exclusivo fin de practicar la pesca, los ribereños...

Capitulo V

Articulo 281 - Establécese el registro general de pesca en el cual deberán...

Capitulo VI

Articulo 282 - Se prohiben los siguientes medios de pesca; a). Con explosivos...

Articulo 283 - Prohíbese también: a). Pescar en zonas y en épocas con...

Capitulo VII

Articulo 284 - Sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar,...

Articulo 285 - También se decomisarán animales y productos de la pesca cuando...

Titulo II

Articulo 286 - Para los efectos de este código, se entiende por acuicultura...

Articulo 287 - Para mejorar las condiciones económicas y sociales de los pescadores...

Articulo 288 - El Gobierno Nacional velará por la consolidación financiera y económica...

Articulo 289 - Para garantizar la sanidad agropecuaria se ejercerá estricto control sobre...

Articulo 290 - La introducción o importación al país de especies animales o...

Articulo 291 - Requiere autorización especial la importación, producción, venta o expendio de...

Articulo 292 - El Gobierno Nacional tomará las medidas sanitarias indispensables para evitar...

Articulo 293 - La introducción o importación al país de material animal o...

Articulo 294 - Para asegurar la sanidad agropecuaria en el país, créanse las...

Articulo 295 - El Gobierno nacional organizará sistemas de vigilancia epidemiológica para descubrir...

Articulo 296 - Cuando amenace o se presente una plaga o enfermedad, la...

Articulo 297 - Las autoridades y los particulares en general colaborarán en las...

Articulo 298 - El Gobierno Nacional, podrá ordenar la eliminación de cualquier animal...

Articulo 299 - El Gobierno Nacional señalará los requisitos que deberán observarse respecto...

Articulo 300 - La importación, producción, comercialización, transporte, almacenamiento y aplicación de productos...

Articulo 301 - El Gobierno establecerá los requisitos y las condiciones para el...

Articulo 302 - La comunidad tiene derecho a disfrutar de paisajes urbanos y...

Articulo 303 - Para la preservación del paisaje corresponde a la administración: a)....

Articulo 304 - En la realización de las obras, las personas o entidades...

Titulo I

Capitulo I

Articulo 305 - Corresponde a los funcionarios competentes velar por el cumplimiento de...

Articulo 306 - El incendio, inundación, contaminación u otro caso semejante, que amenace...

Capitulo II

Articulo 307 - Los miembros de la Policía Nacional cooperarán permanentemente en las...

Titulo II

Capitulo I

Articulo 308 - Es área de manejo especial la que se delimita para...

Articulo 309 - La creación de las áreas de manejo especial deberá tener...

Capitulo II

Articulo 310 - Teniendo en cuenta factores ambientales o socioeconómicos, podrán crearse distritos...

Articulo 311 - Podrán crearse áreas de recreación urbanas y rurales principalmente destinadas...

Capitulo III

Articulo 312 - Entiéndese por cuenca u hoya hidrográfica el área de aguas...

Articulo 313 - Cuando los límites de las aguas subterráneas de una cuenca...

Articulo 314 - Corresponde a la Administración Pública: a). Velar por la protección...

Articulo 315 - Se requerirá autorización previa para transvasar aguas o hacer uso...

Articulo 316 - Se entiende por ordenación de una cuenca la planeación del...

Articulo 317 - Para la estructuración de un plan de ordenación y manejo...

Articulo 318 - La administración declarará en ordenación una cuenca cuando existan condiciones...

Articulo 319 - El plan de ordenación y manejo de una cuenca en...

Articulo 320 - A los particulares que no se avinieren a adecuar sus...

Articulo 321 - En las cuencas hidrográficas sometidas a planes de ordenación y...

Articulo 322 - Los propietarios de predios, sean personas naturales o jurídicas, públicas...

Articulo 323 - Los organismos públicos y privados encargados de la administración de...

Capitulo IV

Articulo 324 - Entiéndese por distrito de conservación de suelos el área que...

Articulo 325 - La administración pública ejercerá las siguientes funciones: a). Crear, administrar...

Articulo 326 - Los propietarios de terrenos ubicados en un distrito de conservación...

Capitulo V

Articulo 327 - Se denomina sistema de parques nacionales el conjunto de áreas...

Articulo 328 - Las finalidades principales del sistema de parques nacionales son: a)....

Articulo 329 - El sistema de parques nacionales tendrá los siguientes tipos de...

Articulo 330 - De acuerdo con las condiciones de cada área del sistema...

Articulo 331 - Las actividades permitidas en el sistema de parques nacionales son...

Artículo 332 - Las actividades permitidas en las áreas de sistemas de parques...

Articulo 333 - Las áreas que integran el sistema de parques nacionales sólo...

Articulo 334 - Corresponde a la administración reservar y alindar las áreas del...

Articulo 335 - Cuando sea necesario incorporar tierras o mejoras de propiedad privada...

Articulo 336 - En las áreas que integran el sistema de parques nacionales...

Titulo III

Articulo 337 - Se promoverá la organización y funcionamiento de asociaciones de usuarios...

Articulo 338 - Podrán organizarse empresas comunitarias por personas de escasos medios económicos,...

Capitulo I

Articulo 339 - La violación de las normas que regulan el manejo y...

Capitulo II

Articulo 340 - El presente Código rige a partir de la fecha de...