Los usuarios están obligados a:
a). Aprovechar las aguas con eficiencia y economía en el lugar y para el objeto previsto en la resolución de concesión, empleando sistemas técnicas de aprovechamiento.
b). No utilizar mayor cantidad de aguas que la otorgada;
c). Construir y mantener instalaciones y obras hidráulicas en condiciones adecuadas.
d). Evitar que las aguas que deriven de una corriente o depósito se derramen o salgan de las obras que las deben contener;
e). Contribuir proporcionalmente a la conservación de las estructuras hidráulicas, caminos de vigilancia y demás obras e instalaciones comunes;
f). Permitir la vigilancia e inspección y suministrar los datos sobre el uso de las aguas.
Estructura Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente