La administración pública ejercerá las siguientes funciones:
a). Crear, administrar y reglamentar los distritos de conservación de los suelos;
b). Elaborar los planes de rehabilitación y manejo de esos distritos y velar por su correcta ejecución;
c). Coordinar la ejecución de los planes de asistencia técnica y crédito en dichos distritos;
d). intervenir en las actividades que se realicen dentro del distrito, especialmente las de aprovechamiento de recursos naturales y la construcción de obras para evitar que contraríen los fines para los cuales se creó el distrito;
e). Tomar las demás medidas que le asignen la ley o los reglamentos.
Estructura Código de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente