Rica el dieciocho (18) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
Seccion 1a



1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5o., párrafo 3 de la presente Constitución, el Estado Hospedante se compromete a conceder las siguientes prerrogativas, inmunidades y facilidades a Infopesca y a sus bienes, fondos y haberes, cualquiera que sea el lugar en que se encuentren en dicho Estado:

a) Inmunidad de jurisdicción, salvo en la medida en que en algún caso particular Infopesca haya renunciado expresamente a ella;

b) Inmunidad contra todo registro, requisición, confiscación, expropiación y cualquier otra forma de injerencia;

c) Libertad para tener fondos o divisas de toda clase, llevar sus cuentas en cualquier moneda, transferir fondos o divisas dentro del Estado Hospedante o fuera de él, y convertir moneda extranjera a cualquier otra moneda;

d) Sin perjuicio de cualquier medida apropiada de seguridad que se adopte por mutuo acuerdo ente el Estado Hospedante e Infopesca, exención de censura de la correspondencia oficial y de otras comunicaciones oficiales;

e) Exención de todo impuesto directo o indirecto sobre los bienes, ingresos y transacciones oficiales de Infopesca, salvo los impuestos que no constituyen sino derechos por servicios prestados;

f) Exención de derechos de aduana y de prohibiciones y restricciones a la importación y exportación, con respecto a los artículos importados o exportados por Infopesca, o a las publicaciones enviadas por Infopesca, con fines oficiales.

2. El Estado Hospedante ejercerá la debida diligencia para garantizar que no se perturbe en manera alguna la seguridad y tranquilidad en los locales de Infopesca y, a petición del Director de Infopesca, proporcionará adecuada protección policial, cuando sea necesario.

3. Para sus comunicaciones oficiales, Infopesca disfrutará de un trato no menos favorable que el concedido a cualesquiera otras organizaciones o gobiernos; incluidas las misiones diplomáticas de tales otros gobiernos, en el Estado Hospedante, en cuanto a prioridades y tarifas para servicios postales, telegráficos, telefónicos y otros medios de comunicación.