Rica el dieciocho (18) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
Anexo a la constitucion de infopesca



Según lo previsto en el artículo 5o., párrafo 3 de la presente Constitución y sin perjuicio de lo establecido en el párrafo 2 del artículo 5o., en el presente anexo se enuncian los derechos y obligaciones adicionales del Estado Hospedante. Se aplicará al Estado indicado en la parte B mientras dicho Estado sea el Estado Hospedante.