1. Todos los Miembros podrán:
a) Participar en las sesiones de la Asamblea General y cualquier otra reunión convocada por Infopesca con el fin de discutir los objetivos y funciones del Centro;
b) Tener derecho a tomar la palabra y formular observaciones en las reuniones de la Asamblea General y cualquier otra reunión convocada por Infopesca;
c) Solicitar y recibir, en el marco de Infopesca, información sobre asuntos de interés para ellos y pertenecientes a las materias que constituyen el objeto de Infopesca;
d) Recibir las publicaciones y tener acceso a la información preparada por Infopesca.
2. Todos los Miembros deberán:
a) Respetar sus compromisos financieros con Infopesca;
b) Colaborar en la constitución de los órganos auxiliares de Infopesca;
c) Responder puntualmente a las peticiones de información que formula Infopesca;
d) Llevar a cabo cualquier misión que les encomiende la Asamblea General;
e) Colaborar con Infopesca en el logro de sus objetivos y en el desempeño de sus funciones.
Estructura Rica el dieciocho (18) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
Artículo 5o. Estatuto jurídico, prerrogativas e inmunidades
Artículo 7o. Derechos y obligaciones de los miembros
Artículo 8o. Organos del centro
Artículo 9o. La asamblea general
Artículo 10. Funciones de la asamblea general
Artículo 11. Funciones del presidente
Artículo 13. Comité consultivo
Artículo 14. Director y personal
Artículo 18. Estatutos y reglamentos especiales
Artículo 20. Interpretación y solución de controversias
Artículo 21. Retirada, suspensión, exclusión y disolución
Artículo 22. Firma, adhesión y entrada en vigor