1. Los órganos de Infopesca serán los siguientes:
a) La Asamblea General;
b) El Comité Ejecutivo;
c) El Comité Consultivo;
d) Los órganos auxiliares establecidos por la Asamblea General o el Comité Ejecutivo.
2. Los Estatutos del Centro, que deberán ser adoptados por la Asamblea General de conformidad con el artículo 10 (d), deberán entre otras cosas, establecer los reglamentos de los diversos órganos de Infopesca.
Estructura Rica el dieciocho (18) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
Artículo 5o. Estatuto jurídico, prerrogativas e inmunidades
Artículo 7o. Derechos y obligaciones de los miembros
Artículo 8o. Organos del centro
Artículo 9o. La asamblea general
Artículo 10. Funciones de la asamblea general
Artículo 11. Funciones del presidente
Artículo 13. Comité consultivo
Artículo 14. Director y personal
Artículo 18. Estatutos y reglamentos especiales
Artículo 20. Interpretación y solución de controversias
Artículo 21. Retirada, suspensión, exclusión y disolución
Artículo 22. Firma, adhesión y entrada en vigor