Rica el dieciocho (18) de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

Artículo 1o. Definiciones - En la presente Constitución, se enten-derá por: a) "Miembros", los...

Artículo 2o. Objetivos - Los objetivos de Infopesca serán la prestación de servicios de...

Artículo 3o. Funciones - Para el logro de sus objetivos, Infopesca deberá: a) Facilitar...

Artículo 4o. Sede - 1. La sede del centro se encontrará en el país...

Artículo 5o. Estatuto jurídico, prerrogativas e inmunidades - 1. Infopesca será una organización intergubernamental independiente sin fines de...

Artículo 6o. Miembros - 1. Habrá dos clases de Miembros de Infopesca: Estados Miembros...

Artículo 7o. Derechos y obligaciones de los miembros - 1. Todos los Miembros podrán: a) Participar en las sesiones...

Artículo 8o. Organos del centro - 1. Los órganos de Infopesca serán los siguientes: a) La...

Artículo 9o. La asamblea general - 1. La Asamblea General estará integrada por todos los Miembros...

Artículo 10. Funciones de la asamblea general - La Asamblea General deberá: a) Nombrar al Director del Centro;...

Artículo 11. Funciones del presidente - El Presidente presidirá las reuniones de la Asamblea General y...

Artículo 12. Comité ejecutivo - 1. El Comité Ejecutivo estará integrado por el Presidente y...

Artículo 13. Comité consultivo - 1. El Comité Consultivo estará compuesto por seis miembros escogidos...

Artículo 14. Director y personal - 1. El Centro tendrá un Director nombrado por la Asamblea...

Artículo 15. Finanzas - 1. Los fondos para el financiamiento de las instalaciones y...

Artículo 16. Observadores - 1. A petición de la Asamblea General, o del Comité...

Artículo 17. Acuerdos y relaciones con los estados, organizaciones internacionales y otras instituciones - 1. Infopesca procurará establecer un acuerdo con la Organización de...

Artículo 18. Estatutos y reglamentos especiales - 1. Para el desempeño de las funciones de Infopesca, tal...

Artículo 19. Enmiendas - 1. La Asamblea General podrá enmendar la presente Constitución por...

Artículo 20. Interpretación y solución de controversias - Toda controversia que surja entre los miembros de Infopesca con...

Artículo 21. Retirada, suspensión, exclusión y disolución - 1. Todo miembro podrá retirarse de Infopesca un año después...

Artículo 22. Firma, adhesión y entrada en vigor - 1. Los Estados de América Latina y el Caribe podrán...

Artículo 23. Depositario - 1. El Director General de la FAO será el Depositario...

Artículo 24. Idiomas - Los idiomas oficiales del Centro serán el español, el francés...

Artículo 25. Anexo - El adjunto Acuerdo sobre la Sede constituirá parte integrante de...

Anexo a la constitucion de infopesca - Según lo previsto en el artículo 5o., párrafo 3 de...

Parte a -

Seccion 1a - 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5o.,...

Seccion 2a - 1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4o.,...

Seccion 3a - Infopesca cooperará con las autoridades competentes del Estado Hospedante para...

Seccion 4a

Parte b -

Seccion 1a - 1. La sede de Infopesca estará ubicada en Montevideo, República...

Seccion 2a - 1. En los impuestos mencionados en la Sección 1, párrafo...

Seccion 3a

Resolucion - La Asamblea Constitutiva del Centro para los Servicios de Información...

Resolucion 2 - La Asamblea Constitutiva del Centro para los Servicios de Información...

Resolucion 3 - La Asamblea Constitutiva del Centro para los Servicios de Información...