La Ley 104 de 1993 tendrá un artículo con el número 60-B del siguiente tenor:
"Las normas del presente título son aplicables a las Milicias Populares con carácter político con las cuales el Gobierno Nacional firme o haya firmado Acuerdos de Paz".
Estructura Por la cual se prorroga la vigencia, se modifica y adiciona la Ley 104 de 1993.