Se establece relación entre el profesional y el responsable del animal o usuario de los servicios en los siguientes casos:
a) Por solicitud voluntaria de los servicios profesionales;
b) Por atención en caso de urgencias;
c) Por solicitud de servicios de terceras personas;
d) En cumplimiento de un deber emanado de una relación legal o contractual.
Estructura Ley 576 de 2000
Articulo 109. Averiguacion preliminar
Articulo 110. Duracion de la investigacion preliminar
Articulo 111. Resolucion inhibitoria
Articulo 112. Etapas del proceso
Articulo 115. Resolucion de preclusion o terminacion definitiva del proceso
Articulo 120. Notificacion personal de providencias
Articulo 122. Termino para fallar
Articulo 128. Pruebas en segunda instancia
Articulo 130. Autonomia de la accion disciplinaria