Ley 660 de 2001
Artículo I. Obligaciones básicas





1. Cada Estado Parte se compromete a no realizar ninguna explosión de ensayo de armas nucleares o cualquiera otra explosión nuclear y a prohibir y prevenir cualquier explosión nuclear de esta índole en cualquier lugar sometido a su jurisdicción o control.

2. Cada Estado Parte se compromete asimismo a no causar ni alentar la realización de cualquier explosión de ensayo de armas nucleares o de cualquiera otra explosión nuclear, ni a participar de cualquier modo en ella.