Articulo 1o - El objeto de este código es perfeccionar el proceso y...
Articulo 2o - Las autoridades protegerán el ejercicio del derecho al sufragio, otorgarán...
Articulo 4o - La calidad de ciudadano en ejercicio es condición previa indispensable...
Articulo 5o - Todos los ciudadanos eligen directamente Presidente de la República, Senadores,...
Articulo 7o - A fin de asegurar la representación proporcional de los partidos,...
Articulo 8o - El Presidente de la República, los Ministros y Viceministros del...
Articulo 9o - La organización electoral estará a cargo: a) Del consejo Nacional...
Articulo 10 - <Artículo INEXEQUIBLE>
Articulo 11 - El Consejo Nacional Electoral tendrá a su cargo la suprema...
Articulo 12 - EL Consejo Nacional Electoral ejercerá las siguientes funciones: 1. <Numeral...
Articulo 13 - <Ver Notas del Editor> El Consejo Nacional electoral será cuerpo...
Articulo 14 - Los actos que dicte el Consejo Nacional Electoral en ejercicio...
Articulo 15 - <Ver Notas del Editor> El Consejo Nacional Electoral estará integrado...
Articulo 16 - <Ver Notas del Editor> Los miembros del Consejo Nacional Electoral...
Articulo 17 - <Ver Notas del Editor> Para ser miembro del Consejo Nacional...
Articulo 18 - <Ver Notas del Editor> Los miembros del Consejo Nacional Electoral...
Articulo 19 - <Ver Notas del Editor> El Consejo Nacional Electoral se reunirá...
Articulo 20 - <Ver Notas del Editor> En las reuniones del Consejo Nacional...
Articulo 21 - <Ver Notas del Editor> El Consejo de Estado elegirá un...
Articulo 22 - <Ver Notas del Editor> Los miembros del Consejo Nacional Electoral...
Articulo 23 - <Ver Notas del Editor> Durante el período para el cual...
Articulo 24 - <Ver Notas del Editor> Los miembros del Consejo Nacional Electoral...
Articulo 25 - <Ver Notas del Editor> El Gobierno Nacional, mediante Decreto ejecutivo,...
Articulo 26 - El Registrador Nacional del Estado Civil tendrá las siguientes funciones:...
Articulo 27 - <Ver Notas del Editor> El Registrador Nacional del Estado Civil...
Articulo 28 - <Ver Notas del Editor> Para ser Registrador Nacional del Estado...
Articulo 29 - <Ver Notas del Editor> La elección de Registrador Nacional del...
Articulo 30 - El Registrador Nacional del Estado Civil no podrá ser elegido...
Articulo 31 - El Registrador Nacional del Estado Civil tendrá la misma remuneración...
Articulo 32 - En cada Circunscripción Electoral habrá dos (2) Delegados del Registrador...
Articulo 33 - Los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil tendrán las...
Articulo 34 - Las decisiones de los Delegados del Registrador Nacional del Estado...
Articulo 35 - <Artículo modificado por el artículo 2 de la Ley 6...
Articulo 36 - Los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil tomarán posesión...
Articulo 37 - La designación de Delegado del Registrador Nacional del Estado Civil...
Articulo 38 - Los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil no podrán...
Articulo 39 - Los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil y los...
Articulo 40 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> En el Distrito Especial de Bogotá habrá...
Articulo 41 - Los Registradores Distritales tendrán las siguientes funciones: 1. Nombrar a...
Articulo 42 - Las decisiones de los Registradores Distritales serán tomadas de común...
Articulo 43 - Los Registradores Distritales deberán tener las mismas calidades de los...
Articulo 44 - Los Registradores Distritales no podrán ser elegidos miembros de corporaciones...
Articulo 45 - La designación de Registradores Distritales no podrá recaer en quienes...
Articulo 46 - Los Registradores Distritales tomarán posesión de su cargo ante el...
Articulo 47 - En cada municipio habrá un (1) Registrador Municipal del Estado...
Articulo 48 - Los Registradores Municipales tendrán las siguientes funciones: 1. Disponer la...
Articulo 49 - Los Registradores Auxiliares tendrán las mismas funciones de los Registradores...
Articulo 50 - <Artículo modificado por el artículo 3 de la Ley 6...
Articulo 51 - Para ser Registrador en las ciudades distintas de las anotadas...
Articulo 52 - La designación del Registrador Municipal o Auxiliar, no podrá recaer...
Articulo 53 - Los Registradores Municipales y Auxiliares no podrán ser elegidos miembros...
Articulo 54 - Los Registradores Municipales se posesionarán ante el respectivo alcalde. Los...
Articulo 55 - En cada corregimiento, inspección de policía y sector rural a...
Articulo 56 - Los Delegados de los Registradores Distritales y Municipales tendrán las...
Articulo 57 - Los Delegados de los Registradores Distritales y Municipales deberán ser...
Articulo 58 - El Gobierno procederá a tecnificar y a sistematizar el proceso...
Articulo 59 - Créase el Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado...
Articulo 60 - El patrimonio del Fondo estará constituido por: a) Las sumas...
Articulo 61 - <Artículo modificado por el artículo 5 de la Ley 6...
Articulo 62 - Para obtener la cédula de ciudadanía se necesita acreditar la...
Articulo 63 - La expedición de copias del registro civil de las personas...
Articulo 64 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 65 - <Artículo INEXEQUIBLE>
Articulo 66 - <Artículo modificado por el artículo 6 de la Ley 6...
Articulo 67 - Son causales de cancelación de la cédula de ciudadanía por...
Articulo 68 - Cuando se establezca una múltiple cedulación, falsa identidad o suplantación,...
Articulo 69 - Los notarios públicos y los demás funcionarios encargados del registro...
Articulo 70 - Los Jueces y Magistrados enviarán a la Registraduría Nacional del...
Articulo 71 - La rehabilitación en la interdicción de derechos y funciones públicas...
Articulo 72 - Se podrá solicitar la cancelación de cédulas de ciudadanía en...
Articulo 73 - La impugnación de la cédula de ciudadanía puede hacerse al...
Articulo 74 - En cualquier tiempo podrá el interesado impugnar las pruebas en...
Articulo 75 - El Registrador Nacional del Estado Civil podrá fijar, con aprobación...
Articulo 76 - <Artículos 76 y 77 modificados por el artículo 7 de...
Articulo 77 - <Artículos 76 y 77 modificados por el artículo 7 de...
Articulo 78 - La inscripción es acto que requiere para su validez la...
Articulo 79 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> La Registraduría Nacional del Estado Civil, previo...
Articulo 80 - Las listas de ciudadanos inscritos serán entregadas oportunamente por los...
Articulo 81 - Cuando un ciudadano inscriba su cédula dos o más veces,...
Articulo 82 - Las personas con cédulas de ciudadanía expedida en corregimientos o...
Articulo 83 - Vencido el término de la inscripción, los Delegados del Registrador...
Articulo 84 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 85 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> <Artículo modificado por el artículo 9 de...
Articulo 86 - Los Comandantes de las Fuerzas Armadas enviarán a la Registraduría...
Articulo 87 - De cada una de las listas de sufragantes se sacarán...
Articulo 88 - <Ver Notas del Editor> <Artículo modificado por el artículo 4...
Articulo 89 - Si al vencimiento de los términos señalados en el artículo...
Articulo 90 - Las candidaturas a la Presidencia de la República serán inscritas...
Articulo 91 - Los candidatos a la Presidencia de la República deberán acreditar...
Articulo 92 - Las constancias escritas de aceptación de los candidatos deberán acompañarse...
Articulo 93 - <Ver Notas del Editor> En la solicitud de inscripción debe...
Articulo 94 - <Ver Notas del Editor> En caso de muerte, pérdida de...
Articulo 95 - <Ver Notas del Editor> <Artículo modificado por el artículo 6...
Articulo 96 - La muerte sólo podrá acreditarse con la partida de defunción...
Articulo 97 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 98 - Los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil comunicarán a...
Articulo 99 - En las elecciones deberán colocarse mesas de votación en las...
Articulo 100 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 102 - <Artículo INEXEQUIBLE>
Articulo 103 - <Ver Notas del Editor> La Registraduría Nacional del Estado Civil...
Articulo 104 - Todos los funcionarios y empleados públicos pueden ser designados jurados...
Articulo 105 - <Aparte subrayado CONDICIONALMENTE exequible> El cargo de jurado de votación...
Articulo 106 - Para los fines previstos en el artículo anterior, los Registradores...
Articulo 107 - La resolución del Registrador del Estado Civil que imponga la...
Articulo 108 - Son causales para la exoneración de las sanciones de que...
Articulo 109 - Contra la resolución del Registrador se pueden interponer los siguientes...
Articulo 110 - Ejecutoriada la providencia del Registrador del Estado Civil, éste le...
Articulo 111 - Las votaciones principiarán a las ocho (8) de la mañana...
Articulo 112 - A las siete y media (7 y 1/2) de la...
Articulo 113 - Antes de comenzar las votaciones se abrirá la urna y...
Articulo 114 - El proceso de la votación es el siguiente: El Presidente...
Articulo 115 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 116 - <Ver Notas del Editor> Los ciudadanos también podrán sufragar en...
Articulo 117 - El ciudadano cuya cédula de ciudadanía apta para votar aparezca...
Articulo 118 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> El Presidente del Jurado ordenará que se...
Articulo 119 - Queda prohibida cualquier clase de propaganda oral el día de...
Articulo 120 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 121 - <Ver Notas del Editor> Para garantizar la pureza y publicidad...
Articulo 122 - <Ver Notas del Editor> Los testigos electorales supervigilarán las elecciones...
Articulo 123 - En las elecciones para Corporaciones Públicas el ciudadano votará con...
Articulo 124 - <Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 62...
Articulo 125 - El término para la inscripción de candidatos a la distintas...
Articulo 126 - Durante el día de las votaciones ningún ciudadano con derecho...
Articulo 127 - Los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y los...
Articulo 128 - En caso de grave perturbación del orden público que haga...
Articulo 129 - <Ver Notas del Editor> Cuando por sentencia ejecutoriada se declare...
Articulo 130 - Si ya se hubieren iniciado las sesiones del último año...
Articulo 131 - Cuando por cualquier circunstancia dejen de realizarse elecciones de Concejales...
Articulo 132 - En los casos de los artículos 128, 129, 131 de...
Articulo 133 - Cuando la nulidad decretada por sentencia judicial ejecutoriada a que...
Articulo 134 - Inmediatamente después de cerrada la votación, uno de los miembros...
Articulo 135 - Practicadas las diligencias prevenidas en el artículo anterior, se abrirá...
Articulo 136 - Recogidas las papeletas, los jurados procederán a hacer el escrutinio...
Articulo 137 - Voto en blanco es el que no contiene nombre alguno...
Articulo 138 - Si en un sobre o cubierta resultaren dos o más...
Articulo 139 - No se tomarán en cuenta las tachaduras o supresiones de...
Articulo 140 - Si en el sobre se encuentran desprendidas las listas de...
Articulo 141 - Cuando en una misma papeleta estén escritos los nombres de...
Articulo 142 - <Artículo modificado por el artículo 12 de la Ley 6...
Articulo 143 - Terminado el escrutinio, se leerá su resultado en voz alta....
Articulo 144 - <Artículo modificado por el artículo 8 de la Ley 62...
Articulo 145 - Los documentos electorales se introducirán y guardarán en un (1)...
Articulo 146 - Las arcas triclaves irán marcadas exteriormente con el nombre del...
Articulo 147 - En las oficinas del Consejo Nacional Electoral, de las Delegaciones...
Articulo 148 - Serán claveros de las arcas triclaves: Del Consejo Nacional Electoral,...
Articulo 149 - <Apartes tachados INEXEQUIBLES> Si hubiere varios jueces municipales actuará como...
Articulo 150 - El incumplimiento de los deberes de clavero, es causal de...
Articulo 151 - <Artículo modificado por el artículo 9 de la Ley 62...
Articulo 152 - <Inciso 1o. modificado por el artículo 10 de la Ley...
Articulo 153 - Los claveros distritales, municipales y de zona, con base en...
Articulo 154 - Los claveros distritales, municipales y de zona deberán permanecer en...
Articulo 155 - Los claveros municipales, o por lo menos dos de ellos,...
Articulo 156 - Las oficinas telefónicas, telegráficas y postales funcionarán en forma permanente...
Articulo 157 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> Diez (10) días antes de las correspondientes...
Articulo 158 - Cuando se traté de ciudades divididas en zonas, los Tribunales...
Articulo 159 - Los cargos de escrutadores distritales, municipales y zonales son de...
Articulo 160 - <Ver Notas del Editor> Las comisiones escrutadoras distritales, municipales y...
Articulo 161 - <Ver Notas del Editor> Los miembros de las comisiones escrutadoras...
Articulo 162 - Si al vencerse la hora en que deben iniciarse los...
Articulo 163 - <Artículo modificado por el artículo 11 de la Ley 62...
Articulo 164 - Las comisiones escrutadoras, a petición de los candidatos, se sus...
Articulo 165 - Cuando por cualquier circunstancia algún pliego o registro necesario para...
Articulo 166 - <Artículo modificado por el artículo 12 de la Ley 62...
Articulo 167 - En los escrutinios realizados por las comisiones escrutadoras distritales y...
Articulo 168 - Las reclamaciones y apelaciones que se presenten contra lo resuelto...
Articulo 169 - Los resultados de los escrutinios distritales y municipales se harán...
Articulo 170 - De todos los actos del escrutinio distrital o municipal se...
Articulo 171 - Cuando no se hubiere hecho el escrutinio por la comisión...
Articulo 172 - Las comisiones escrutadoras auxiliares leerán en voz alta el resultado...
Articulo 173 - Firmadas las actas, el Registrador auxiliar conducirá personalmente y bajo...
Articulo 175 - <Inciso 1o. modificado por el artículo 13 de la Ley...
Articulo 176 - El cargo de Delegado del Consejo Nacional Electoral es de...
Articulo 177 - <Ver Notas del Editor> Los escrutinios generales que deben realizar...
Articulo 178 - Cuando faltare alguno de los Delegados del Consejo Nacional Electoral,...
Articulo 179 - Los Delegados del Consejo Nacional Electoral podrán solicitar, cuando lo...
Articulo 180 - Si se presentare apelación contra las decisiones de los Delegados...
Articulo 181 - Los respectivos Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil actuarán...
Articulo 182 - El procedimiento para estos escrutinios será el siguiente: Los secretarios...
Articulo 183 - Si el número de votos a favor de dos (2)...
Articulo 184 - <Artículo modificado por el artículo 14 de la Ley 62...
Articulo 185 - Firmadas las actas correspondientes y expedidas las credenciales, por los...
Articulo 186 - Tanto el acta general como de cada una de las...
Articulo 187 - Corresponde al Consejo Nacional Electoral: a) Hacer el escrutinio general...
Articulo 188 - El Consejo Nacional Electoral podrá solicitar, cuando lo estime necesario,...
Articulo 189 - El Consejo Nacional Electoral podrá verificar los escrutinios hechos por...
Articulo 190 - A medida que los claveros del Consejo Nacional Electoral vayan...
Articulo 191 - Terminado el escrutinio para Presidente de la República el cual...
Articulo 192 - El Consejo Nacional Electoral o sus Delegados tienen plena y...
Articulo 193 - <Artículo modificado por el artículo 16 de la Ley 62...
Articulo 194 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 195 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 196 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 197 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 198 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...
Articulo 199 - <Ver Notas de Vigencia> El que entorpezca u obstaculice actuaciones...
Articulo 200 - Sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar,...
Articulo 201 - <Ver Notas de Vigencia> El funcionario o empleado público que...
Articulo 202 - <Ver Notas de Vigencia> Los funcionarios electorales, permanentes o transitorios,...
Articulo 204 - El Estado garantizará a los candidatos a la Presidencia de...
Articulo 205 - Además de lo dispuesto en el artículo 121 de este...
Articulo 206 - Queda prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes desde...
Artículo 207 - Las elecciones para integrar corporaciones públicas se realizarán el segundo...
Articulo 208 - La Registraduría Nacional del Estado Civil determinará el sistema para...
Articulo 209 - Los documentos electorales podrán ser incinerados por los funcionarios de...
Articulo 210 - El Gobierno Nacional garantizará el día de las elecciones, según...
Articulo 211 - El Gobierno publicará oportunamente el número de los integrantes de...
Articulo 212 - La Registraduría Nacional publicará por su cuenta los resultados electorales...
Articulo 213 - Toda persona tiene derecho a que la Registraduría le informe...
Articulo 214 - A solicitud del Registrador Nacional del Estado Civil, previo concepto...
Articulo 215 - La facultad de ordenar los gastos de la Registraduría Nacional...
Artículo 216 - En el presupuesto de gastos o en las apropiaciones se...
Articulo 217 - A partir del 1 de enero de 1987, la Registraduría...
Articulo 218 - El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación...