Código electoral
Titulo VI

Capitulo I

Articulo 99 - En las elecciones deberán colocarse mesas de votación en las...

Articulo 100 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...

Capitulo II

Articulo 101 - <Apartes tachados INEXEQUIBLES> <Ver Notas del Editor> Los Registradores Distritales...

Articulo 102 - <Artículo INEXEQUIBLE>

Articulo 103 - <Ver Notas del Editor> La Registraduría Nacional del Estado Civil...

Articulo 104 - Todos los funcionarios y empleados públicos pueden ser designados jurados...

Articulo 105 - <Aparte subrayado CONDICIONALMENTE exequible> El cargo de jurado de votación...

Articulo 106 - Para los fines previstos en el artículo anterior, los Registradores...

Articulo 107 - La resolución del Registrador del Estado Civil que imponga la...

Articulo 108 - Son causales para la exoneración de las sanciones de que...

Articulo 109 - Contra la resolución del Registrador se pueden interponer los siguientes...

Articulo 110 - Ejecutoriada la providencia del Registrador del Estado Civil, éste le...

Capitulo III

Articulo 111 - Las votaciones principiarán a las ocho (8) de la mañana...

Articulo 112 - A las siete y media (7 y 1/2) de la...

Articulo 113 - Antes de comenzar las votaciones se abrirá la urna y...

Articulo 114 - El proceso de la votación es el siguiente: El Presidente...

Articulo 115 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...

Articulo 116 - <Ver Notas del Editor> Los ciudadanos también podrán sufragar en...

Articulo 117 - El ciudadano cuya cédula de ciudadanía apta para votar aparezca...

Articulo 118 - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> El Presidente del Jurado ordenará que se...

Articulo 119 - Queda prohibida cualquier clase de propaganda oral el día de...

Articulo 120 - <Artículo derogado por el artículo 14 de la Ley 6...

Articulo 121 - <Ver Notas del Editor> Para garantizar la pureza y publicidad...

Articulo 122 - <Ver Notas del Editor> Los testigos electorales supervigilarán las elecciones...

Capitulo IV

Articulo 123 - En las elecciones para Corporaciones Públicas el ciudadano votará con...

Articulo 124 - <Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 62...

Articulo 125 - El término para la inscripción de candidatos a la distintas...

Capitulo V

Articulo 126 - Durante el día de las votaciones ningún ciudadano con derecho...

Articulo 127 - Los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y los...

Capitulo VI

Articulo 128 - En caso de grave perturbación del orden público que haga...

Articulo 129 - <Ver Notas del Editor> Cuando por sentencia ejecutoriada se declare...

Articulo 130 - Si ya se hubieren iniciado las sesiones del último año...

Articulo 131 - Cuando por cualquier circunstancia dejen de realizarse elecciones de Concejales...

Articulo 132 - En los casos de los artículos 128, 129, 131 de...

Articulo 133 - Cuando la nulidad decretada por sentencia judicial ejecutoriada a que...