de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
Artículo 2o. Objetivos

Para reforzar una mayor cooperación política las Partes deciden realizar consultas políticas regulares a alto nivel sobre temas bilaterales e internacionales de interés recíproco, con particular referencia, entre los demás temas, al diálogo político entre la Unión Europea y la América Latina.