Estará excluida del impuesto sobre las ventas (IVA) la comercialización de los productos que se elaboren, se preparen, se confeccionen y se produzcan al interior de los establecimientos de reclusión.
El Gobierno nacional reglamentará la materia, especialmente, el trámite para identificar los productos que se elaboren, preparen, confeccionen y produzcan al interior de los establecimientos de reclusión.
Estructura Ley 2277 de 2022