Adiciónese el Artículo 296-3 al Estatuto Tributario, así:
Artículo 296-3 Tarifa. El impuesto al patrimonio se determinará de acuerdo con la siguiente tabla:
PARÁGRAFO. La tarifa del uno coma cinco por ciento (1,5%) sólo aplicará de manera temporal durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026. A partir del año 2027, aplicará la siguiente tabla:
Estructura Ley 2277 de 2022