Ley 1511 de 2012
Artículo 2o

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7ª de 1944, el “Acta Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los Países de Iberoamérica –Abinia–”, suscrita en Lima, a los doce días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve, que por el artículo 1o de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.