Por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017.
Artículo 29

Con el propósito de evitar una doble presupuestación, la Superintendencia de Notariado y Registro girará directamente los recursos provenientes de la Ley 55 de 1985 por concepto de tarifas del ejercicio de la función registral a la Fiscalía, Rama Judicial, Uspec, Ministerio de Justicia y del Derecho y el ICBF, de conformidad con los valores presupuestados en cada una de ellas. La Superintendencia hará los ajustes contables a que haya lugar.