Por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017.
Artículo 13

El pago de los contratos y convenios necesarios para la asesoría y estructuración de operaciones de crédito público, asimiladas a estas y conexas a todas las anteriores, incluyendo la asesoría y estructuración de las operaciones del tesoro nacional y sus conexas, así como los costos asociados a la administración de títulos valores emitidos por la nación, se podrán atender con cargo al servicio de la deuda pública.