Por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017.
Artículo 11

Con el ánimo de garantizar el pago oportuno de las matrículas de los estudiantes que acceden a crédito educativo a través del Icetex, la entidad podrá recurrir temporalmente a los recursos de liquidez que tenga disponibles, cualquiera que sea su origen, o a créditos hasta por un monto equivalente al 15% del recaudo anual del Icetex.

Estos recursos, incluidos los costos asociados, serán devueltos por la nación al Icetex, durante el primer trimestre de 2018, bajo los términos y condiciones acordados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Icetex.