<Artículo modificado por el artículo 33 de la Ley 782 de 2002. El nuevo texto es el siguiente:> Los concesionarios que prestan el servicio de buscapersonas implementarán una placa de identificación que debe permanecer adherida al equipo de comunicación donde se indique la razón social del concesionario y un número telefónico local o gratuito a través del cual se pueda verificar la propiedad y legalidad del equipo las 24 horas del día.
Estructura Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones.