Los recursos del Fondo de Fomento Algodonero se utilizarán exclusivamente en:
1. Apoyar los programas y proyectos de investigación y transferencia de tecnología tendientes al desarrollo sostenible de la producción algodonera en el país.
2. Apoyar programas y proyectos orientados a mejorar la eficiencia y la eficacia en la producción, aumentar la productividad, disminuir costos, mejorar la calidad de fibra y las semillas nacionales y, en general, recuperar y mantener su competitividad.
3. Apoyar programas y proyectos de investigación y transferencia de tecnología orientados a hacer más eficiente y eficaz la recolección, análisis y difusión de información pertinente y útil sobre los avances tecnológicos para la producción y desmote de algodón, fibra y semilla.
4. Apoyar proyectos de capacitación en las diversas áreas relacionadas con tecnologías de producción, desmote y procesamiento de la fibra y semilla de algodón.
PARÁGRAFO 1o. Para el logro de estos fines, la entidad administradora podrá adelantar los diversos programas y proyectos directamente o mediante contratos o convenio de asociación, o en cofinanciación con personas naturales o jurídicas públicas, privadas o mixtas, nacionales o extranjeras, así como afiliarse a entidades o redes de información.
PARÁGRAFO 2o. La entidad administradora del Fondo Algodonero deberá tener en cuenta a los medianos y pequeños productores para lograr los objetivos de esta Ley.
PARÁGRAFO 3o. Los recursos del Fondo de Fomento Algodonero deben administrarse conforme a los principios de frugalidad, economía, responsabilidad y transparencia.
Estructura Ley 219 de 1995
Artículo 1o. De la agroindustria algodonera
Artículo 2o. Cuota de fomento algodonero
Artículo 3o. Fondo de fomento algodonero
Artículo 4o. Sujetos de la cuota
Artículo 5o. Agentes retenedores y pagos de la cuota
Artículo 9o. Funciones del comité directivo
Artículo 10. Plan de inversiones y gastos
Artículo 11. Ingresos y patrimonio del fondo
Artículo 12. Otros recursos del fondo
Artículo 13. Vigencia del recaudo
Artículo 15. Vigilancia administrativa
Artículo 16. Deducciones de costos
Artículo 17. Sanciones a contribuyentes y recaudadores
Artículo 18. Caducidad del contrato de administración