Creáse el Fondo de Fomento Algodonero para el manejo de los recursos provenientes del recaudo de la cuota de fomento algodonero y del patrimonio formado por éstos el cual se ceñirá a los lineamientos de política sectorial del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. La entidad administradora, está obligada a manejar los recursos del Fondo en cuentas separadas, de modo que no se confundan con los recursos y patrimonio propios de dicha entidad.
Estructura Ley 219 de 1995
Artículo 1o. De la agroindustria algodonera
Artículo 2o. Cuota de fomento algodonero
Artículo 3o. Fondo de fomento algodonero
Artículo 4o. Sujetos de la cuota
Artículo 5o. Agentes retenedores y pagos de la cuota
Artículo 9o. Funciones del comité directivo
Artículo 10. Plan de inversiones y gastos
Artículo 11. Ingresos y patrimonio del fondo
Artículo 12. Otros recursos del fondo
Artículo 13. Vigencia del recaudo
Artículo 15. Vigilancia administrativa
Artículo 16. Deducciones de costos
Artículo 17. Sanciones a contribuyentes y recaudadores
Artículo 18. Caducidad del contrato de administración