Créase el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA), como un Subsistema del Sistema Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCCTI) definido en el artículo 186 de la Ley 1753 de 2015 y la Ley 1286 de 2009 el cual será coordinado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
El SNIA está integrado por las políticas, estrategias, programas, proyectos, metodologías y mecanismos para la gestión, promoción, financiación, protección y divulgación de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación en el sector agropecuario, así como por los entes públicos, privados o mixtos, y demás actores que desarrollen o promuevan actividades científicas, tecnológicas o de innovación para el sector. Paralelamente colabora con el SNCCTI en la identificación de políticas y prácticas para la promoción de la innovación asociada a otras actividades de la economía rural, donde los productores agropecuarios también participan.
Estructura Ley 1876 de 2017
Artículo 4o. Sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 5o. Estructura del sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 6o. Espacios de articulación
Artículo 7o. Objetivos del sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 8o. Consejo superior del snia
Artículo 9o. Integración del consejo
Artículo 10. Funciones de la secretaría técnica
Artículo 11. Plan estratégico de ciencia, tecnología e innovación agropecuaria (pectia)
Artículo 12. Mesas de ciencia, tecnología e innovación agropecuaria
Artículo 14. Concurrencia de fuentes de financiación
Artículo 15. Fondo nacional de extensión agropecuaria
Artículo 16. Veeduría, seguimiento y evaluación al snia
Artículo 17. Subsistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario
Artículo 18. Actores del subsistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario
Artículo 19. Subsistema nacional de formación y capacitación para la innovación agropecuaria
Artículo 21. Subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 22. Actores del subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 23. Soporte al subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 24. Servicio público de extensión agropecuaria
Artículo 25. Enfoque de extensión agropecuaria en la prestación del servicio
Artículo 26. Tasa del servicio público de extensión agropecuaria
Artículo 27. Transferencia del recaudo de la tasa a los municipios
Artículo 29. Planes departamentales de extensión agropecuaria (pdea)
Artículo 31. Registro de usuarios
Artículo 32. Entidades prestadoras
Artículo 33. Habilitación de entidades prestadoras
Artículo 34. Promoción del servicio de extensión agropecuaria
Artículo 35. Selección y contratación de epseas
Artículo 36. Capacitación y certificación de competencias laborales
Artículo 37. Contrato de aprendizaje
Artículo 38. Unidades municipales de asistencia técnica agropecuaria
Artículo 40. Centros provinciales de gestión agroempresarial (cpga)
Artículo 43. Entidad sancionadora