Las funciones de las mesas son:
1. Articular los actores locales en torno a los sistemas territoriales de innovación para la generación, acumulación, difusión, aplicación y apropiación de conocimientos y tecnologías del sector agropecuario en su territorio.
2. Garantizar que la generación y adopción de conocimiento y tecnologías del sector agropecuario se haga con sujeción a las normas ambientales y de ordenamiento social y productivo del territorio.
3. Adoptar el PECTIA y la Agenda Dinámica Nacional de I+D+I como el marco orientador para la planificación, priorización, financiación, ejecución y evaluación de las apuestas de investigación, desarrollo e innovación agropecuaria de nivel territorial.
4. Elevar, a través de su presidente, solicitudes y recomendaciones en materia de ciencia, tecnología e innovación al Consejo Nacional de Secretarios de Agricultura (Consa).
5. Impulsar la creación de Parques Científicos, Tecnológicos y de Innovación Agropecuarios (PCTIA), en concordancia con el artículo 12 de la Ley 1753 de 2015, como mecanismo para promover la gestión de conocimiento, la transferencia y escalamiento de la tecnología, y el establecimiento de vínculos de colaboración entre los diversos actores del SNIA y en relación con los demás actores del SNCCTI, en beneficio de la productividad, competitividad y sostenibilidad del sector agropecuario.
PARÁGRAFO. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Colciencias definirán los criterios para la priorización de zonas para la conformación de los PCTIA.
Estructura Ley 1876 de 2017
Artículo 4o. Sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 5o. Estructura del sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 6o. Espacios de articulación
Artículo 7o. Objetivos del sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 8o. Consejo superior del snia
Artículo 9o. Integración del consejo
Artículo 10. Funciones de la secretaría técnica
Artículo 11. Plan estratégico de ciencia, tecnología e innovación agropecuaria (pectia)
Artículo 12. Mesas de ciencia, tecnología e innovación agropecuaria
Artículo 14. Concurrencia de fuentes de financiación
Artículo 15. Fondo nacional de extensión agropecuaria
Artículo 16. Veeduría, seguimiento y evaluación al snia
Artículo 17. Subsistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario
Artículo 18. Actores del subsistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario
Artículo 19. Subsistema nacional de formación y capacitación para la innovación agropecuaria
Artículo 21. Subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 22. Actores del subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 23. Soporte al subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 24. Servicio público de extensión agropecuaria
Artículo 25. Enfoque de extensión agropecuaria en la prestación del servicio
Artículo 26. Tasa del servicio público de extensión agropecuaria
Artículo 27. Transferencia del recaudo de la tasa a los municipios
Artículo 29. Planes departamentales de extensión agropecuaria (pdea)
Artículo 31. Registro de usuarios
Artículo 32. Entidades prestadoras
Artículo 33. Habilitación de entidades prestadoras
Artículo 34. Promoción del servicio de extensión agropecuaria
Artículo 35. Selección y contratación de epseas
Artículo 36. Capacitación y certificación de competencias laborales
Artículo 37. Contrato de aprendizaje
Artículo 38. Unidades municipales de asistencia técnica agropecuaria
Artículo 40. Centros provinciales de gestión agroempresarial (cpga)
Artículo 43. Entidad sancionadora