Ley 1876 de 2017
Título III

Artículo 24. Servicio público de extensión agropecuaria - La extensión agropecuaria es un bien y un servicio de...

Artículo 25. Enfoque de extensión agropecuaria en la prestación del servicio - El enfoque bajo el cual operará el servicio público de...

Artículo 26. Tasa del servicio público de extensión agropecuaria - Créase una tasa retributiva de servicios que se causará por...

Artículo 27. Transferencia del recaudo de la tasa a los municipios - En casos donde se defina que la tasa por la...

Artículo 28. Subsidio a la tarifa de la tasa por la prestación de servicio público de extensión agropecuario - <Artículo CONDICIONALMENTE exequible> La tarifa de la tasa por la...

Artículo 29. Planes departamentales de extensión agropecuaria (pdea) - El Plan Departamental de Extensión Agropecuaria (PDEA) es el instrumento...

Capítulo I

Artículo 30. Usuarios - <Artículo CONDICIONALMENTE exequible> Los usuarios del servicio público de extensión...

Artículo 31. Registro de usuarios - Para efectos de la prestación del servicio, los productores deberán...

Artículo 32. Entidades prestadoras - Las Entidades Prestadoras del Servicio de Extensión Agropecuaria (Epsea) podrán...

Artículo 33. Habilitación de entidades prestadoras - Para garantizar la calidad en la prestación del servicio de...

Artículo 34. Promoción del servicio de extensión agropecuaria - La Secretaría de Agricultura Departamental, o quien haga sus veces,...

Artículo 35. Selección y contratación de epseas - Los municipios seleccionarán y contratarán, individual o colectivamente, a la...

Artículo 36. Capacitación y certificación de competencias laborales - El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), en colaboración con el...

Artículo 37. Contrato de aprendizaje - La prestación del servicio de extensión agropecuaria a través de...

Capítulo II

Artículo 38. Unidades municipales de asistencia técnica agropecuaria - Los municipios y distritos podrán crear Unidades Municipales de Asistencia...

Artículo 39. Generación de capacidades de las unidades municipales de asistencia técnica agropecuaria (umata) - El Gobierno nacional, los departamentos y los municipios, de conformidad...

Artículo 40. Centros provinciales de gestión agroempresarial (cpga) - Los municipios podrán asociarse o autorizar la asociación de las...

Capítulo III

Artículo 41. Seguimiento - El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR y...

Artículo 42. Evaluación - El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el DNP,...

Capítulo IV

Artículo 43. Entidad sancionadora - La facultad sancionatoria establecida en el presente capítulo corresponde a...

Artículo 44. Infracciones - <Aparte tachado INEXEQUIBLE> Con el fin de evitar conductas que...

Artículo 45. Sanciones y su gradualidad - Las sanciones a imponer por parte de la Agencia de...