Serán actores del subsistema:
1. El Departamento Nacional de Planeación (DNP).
2. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR).
3. El Ministerio de Educación Nacional (MEN).
4. El Departamento Administrativo Nacional de Ciencia y Tecnología (Colciencias).
5. El Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).
6. La Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Corpoica).
7. El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).
8. El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex).
9. Los colegios o asociaciones de profesionales relacionadas con el sector agropecuario.
10. Las Secretarías de Educación y Agricultura Departamentales y Municipales, o las que hagan sus veces.
11. Las Instituciones de Educación Superior.
12. Las instituciones o entidades del Sistema Nacional de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (SIET) que tengan programas de educación técnica, tecnológica, profesional y de posgrado dirigidos a atender necesidades del sector agropecuario.
13. Los colegios agropecuarios que responden a la formación media técnica en este ámbito.
14. Las instituciones de educación no formal que impartan programas educativos relacionados con el sector agropecuario.
15. Las personas o entidades que desarrollen actividades de educación informal agropecuaria, según los criterios a reglamentar en la presente ley.
16. Los docentes y estudiantes de programas relacionados con el sector agropecuario y rural.
17. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
18. Los demás que ejecuten acciones en el marco de este subsistema.
Estructura Ley 1876 de 2017
Artículo 4o. Sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 5o. Estructura del sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 6o. Espacios de articulación
Artículo 7o. Objetivos del sistema nacional de innovación agropecuaria (snia)
Artículo 8o. Consejo superior del snia
Artículo 9o. Integración del consejo
Artículo 10. Funciones de la secretaría técnica
Artículo 11. Plan estratégico de ciencia, tecnología e innovación agropecuaria (pectia)
Artículo 12. Mesas de ciencia, tecnología e innovación agropecuaria
Artículo 14. Concurrencia de fuentes de financiación
Artículo 15. Fondo nacional de extensión agropecuaria
Artículo 16. Veeduría, seguimiento y evaluación al snia
Artículo 17. Subsistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario
Artículo 18. Actores del subsistema nacional de investigación y desarrollo tecnológico agropecuario
Artículo 19. Subsistema nacional de formación y capacitación para la innovación agropecuaria
Artículo 21. Subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 22. Actores del subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 23. Soporte al subsistema nacional de extensión agropecuaria
Artículo 24. Servicio público de extensión agropecuaria
Artículo 25. Enfoque de extensión agropecuaria en la prestación del servicio
Artículo 26. Tasa del servicio público de extensión agropecuaria
Artículo 27. Transferencia del recaudo de la tasa a los municipios
Artículo 29. Planes departamentales de extensión agropecuaria (pdea)
Artículo 31. Registro de usuarios
Artículo 32. Entidades prestadoras
Artículo 33. Habilitación de entidades prestadoras
Artículo 34. Promoción del servicio de extensión agropecuaria
Artículo 35. Selección y contratación de epseas
Artículo 36. Capacitación y certificación de competencias laborales
Artículo 37. Contrato de aprendizaje
Artículo 38. Unidades municipales de asistencia técnica agropecuaria
Artículo 40. Centros provinciales de gestión agroempresarial (cpga)
Artículo 43. Entidad sancionadora