Por el cual se modifica la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones.
Artículo 28. Modificación del artículo 71 de la ley 300 de 1996

Modifíquese el artículo 71 de la Ley 300 de 1996, el cual quedará así:

"Artículo 71. De las infracciones. Los prestadores de servicios turísticos podrán ser objeto de sanción cuando incurran en cualquiera de las siguientes conductas, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan:

1. Presentar documentación falsa o adulterada al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a las Cámaras de Comercio o a las entidades oficiales que la soliciten.

2. Utilizar publicidad engañosa o que Induzca a error al público sobre precios, calidad o cobertura del servicio turístico ofrecido.

3. Utilizar y/o brindar información engañosa que Induzca a error al público respecto a la modalidad del contrato, sus condiciones, la naturaleza jurídica de los derechos surgidos del mismo y sus condiciones, o sobre las características de los servicios turísticos ofrecidos y los derechos y obligaciones de los turistas.

4. Incumplir los servicios ofrecidos a los turistas y no cumplir con la efectividad de la garantía.

5. Incumplir las obligaciones frente a las autoridades de turismo, en especial las establecidas en el artículo 77 de la Ley 300 de 1996, o aquellas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

6. Infringir las normas que regulan la actividad turística, así, como las instrucciones y órdenes Impartidas por las autoridades de turismo.

7. Operar sin el previo registro de que trata el artículo 61 de la presente ley.

8. Prestar el servicio turístico sin alguno de los requisitos exigidos por la normativa vigente para la Inscripción o renovación en el Registro Nacional de Turismo.

9. Permitir la promoción, ofertar o prestar servicios turísticos en lugares en que esté prohibido el ejercicio de la actividad o que no cuenten con los permisos o requisitos exigidos para ello".

Estructura Por el cual se modifica la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones.

Título I

Capítulo I

Artículo 2. Modificación del artículo 2 de la ley 300 de 1996

Capítulo II

Título II

Artículo 4. Modificación del artículo 23 de la ley 300 de 1996

Artículo 5. Modificación del artículo 24 de la ley 300 de 1996

Artículo 6. Modificación del artículo 25 de la ley 300 de 1996

Artículo 9. Medidas de protección para la zona costera y playas del país

Título III

Artículo 12. Modificación del artículo 5 de la ley 1558 de 2012

Artículo 21. Modificación del artículo 79 de la ley 300 de 1996

Artículo 23. Modificación del artículo 94 de la ley 300 de 1996

Título IV

Artículo 26. Modificación del artículo 31 de la ley 300 de 1996

Artículo 28. Modificación del artículo 71 de la ley 300 de 1996

Artículo 29. Modificación del artículo 72 de la ley 300 de 1996

Artículo 30. Suspensión automática del registro nacional de turismo

Artículo 33. Prohibición en protección a la infancia y adolescencia

Título V

Capítulo I.Generalidades

Artículo 34. Modificación del artículo 40 de la ley 300 de 1996

Artículo 35. Modificación del artículo 41 de la ley 300 de 1996

Capítulo II

Artículo 37. Modificación del artículo 3 de la ley 1101 de 2006

Título VI

Título VII.De los incentivos tributarios para el fomento de la actividad turística

Artículo 40. Modificación del artículo 211 del estatuto tributario

Artículo 42. Modificación del artículo 255 del estatuto tributario

Artículo 43. Modificación del artículo 468-3 del estatuto tributario

Artículo 48. Exclusión del impuesto sobre las ventas - iva en contratos de franquicia

Artículo 54. Subvenciones a empresas de servicio de transporte aéreo