Ley 2080 de 2021
Artículo 85

Modifíquese el artículo 227 de la Ley 1437 de 2011, el cual quedará así:

Artículo 227. Trámite y alcances de la intervención de terceros. En lo no regulado en este Código sobre la intervención de terceros se aplicarán las normas del Código General del Proceso.