Dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la vigencia de la presente ley, la entidad administradora del Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola deberá traspasar a la entidad administradora del Fondo Nacional de Fomento de la Papa los recursos recaudados provenientes de la contribución parafiscal de la papa, no ejecutados ni comprometidos, que se encuentren bajo su administración.
De igual forma, la entidad administradora del Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola deberá traspasar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la vigencia de la presente ley, a la entidad administradora del Fondo Nacional de Fomento de la Papa, la base de datos que tenga de agentes recaudadores de la papa.
PARÁGRAFO 1o. A partir de la vigencia de la presente ley, los agentes recaudadores de la Cuota de Fomento de la Papa deberán únicamente transferir la mencionada contribución al Fondo Nacional de Fomento de la Papa.
PARÁGRAFO 2o. El sector de la papa en materia de parafiscalidad se regula exclusivamente por la presente ley. Las disposiciones establecidas y contenidas para dicho sector en la Ley 118 de 1994 no le serán aplicables.
Estructura Ley 1707 de 2014
Artículo 2o. Del subsector de la papa
Artículo 3o. Establecimiento de la cuota de fomento de la papa
Artículo 4o. Personas obligadas al pago de la cuota de fomento de la papa
Artículo 5o. Contribución parafiscal agropecuaria
Artículo 6o. Personas obligadas al recaudo de la cuota de fomento de la papa
Artículo 7o. De la transferencia de la cuota al fondo de fomento
Artículo 8o. Sanciones derivadas del incumplimiento del recaudo de la cuota
Artículo 9o. Creación del fondo de fomento de la papa
Artículo 10. Objetivos del fondo de fomento de la papa
Artículo 11. Activos de propiedad del fondo
Artículo 12. Recursos del fondo de fomento de la papa
Artículo 13. Recaudo y administración del fondo de fomento de la papa
Artículo 14. Supervisión y vigilancia del fondo de fomento de la papa
Artículo 15. Funciones de supervisión y vigilancia
Artículo 16. Plan de inversiones y gastos
Artículo 17. Control fiscal del fondo de fomento de la papa
Artículo 18. Dirección del fondo de fomento de la papa
Artículo 19. Integración de la junta directiva
Artículo 20. Funciones de la junta directiva del fondo de fomento de la papa