Ley 1707 de 2014
Artículo 19. Integración de la junta directiva

La Junta Directiva del Fondo de Fomento de la Papa estará integrada por:

a) El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su Delegado, quien la presidirá;

b) Un (1) delegado de las organizaciones de productores del orden nacional, con representación legal vigente;

c) Tres (3) delegados de las organizaciones de productores del nivel regional, con representación legal vigente.

PARÁGRAFO. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentará los mecanismos para la selección y designación de los delegados a la Junta Directiva del Fondo de Fomento de la Papa.