“Convenio de Integración Cinematográfica y Audiovisual Iberoamericana” <1>

Artículo I - El propósito del presente Convenio es contribuir al desarrollo de...

Artículo II - A los fines del presente Convenio se considera obra cinematográfica...

Artículo III - Las Partes en el presente Convenio, a fin de cumplir...

Artículo IV - <Artículo enmendado por el artículo III de la Ley 1827...

Artículo V - <Artículo enmendado por el artículo IV de la Ley 1827...

Artículo VI - <Artículo enmendado por el artículo V de la Ley 1827...

Artículo VII - Las Partes estimularán la firma de Acuerdos de Cooperación y...

Artículo VIII - Las Partes procurarán establecer o perfeccionar sistemas y mecanismos de...

Artículo IX - <Artículo enmendado por el artículo VI de la Ley 1827...

Artículo X - Las Partes procurarán incluir en su ordenamiento legal normas que...

Artículo XI - Las Partes considerarán la posibilidad de crear un fondo financiero...

Artículo XII - Dentro del marco del presente Convenio, las Partes estimularán la...

Artículo XIII - <Artículo enmendado por el artículo VII de la Ley 1827...

Artículo XIV - Las Partes intercambiarán documentación e información que contribuya al desarrollo...

Artículo XV - <Artículo enmendado por el artículo VIII de la Ley 1827...

Artículo XVI - <Artículo enmendado por el artículo IX de la Ley 1827...

Artículo XVII - <Artículo enmendado por el artículo X de la Ley 1827...

Artículo XVIII - <Artículo enmendado por el artículo XI de la Ley 1827...

Artículo XIX - <Artículo enmendado por el artículo XII de la Ley 1827...

Artículo XX - <Artículo enmendado por el artículo XIII de la Ley 1827...

Artículo XXI - <Artículo enmendado por el artículo XIV de la Ley 1827...

Artículo XXII - <Artículo adicionado por el artículo XV de la Ley 1827...

Artículo XXIII - <Artículo enmendado por el artículo XVI de la Ley 1827...

Artículo XXIV - <Artículo enmendado por el artículo XVII de la Ley 1827...

Artículo XXV - En el caso de que existiesen acuerdos bilaterales con disposiciones...

Artículo XXVI - <Artículo enmendado por el artículo XVIII de la Ley 1827...

Artículo XXVII - <Artículo enmendado por el artículo XXVI de la Ley 1827...

Artículo XXVIII - <Artículo enmendado por el artículo XX de la Ley 1827...

Artículo XXIX - <Artículo enmendado por el artículo XXI de la Ley 1827...

Artículo XXX - El presente Convenio estará sujeto a ratificación y entrará en...

Artículo XXXI - Cada una de las Partes podrá en cualquier momento denunciar...

Artículo XXXII - Se elige como Depositario del presente Convenio al Estado sede...

Artículo XXXIII - Será sede de la SECI la ciudad de Caracas, República...

Artículo 1o - Apruébase el Convenio de integración Cinematográfica Iberoamericana, suscrito en Caracas...

Artículo 2o - De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1o. de...

Artículo 3o - La presente Ley rige a partir de la fecha de...