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El tema es que yo ya hace unos años tuve una deuda con marketing digital yo soy codeudor de esa deuda pero pase y sucede que ya eso lleva un tiempo ya años, y a mí ya llevaba tiempo que a mí no me llamaban sobre esa esa deuda, y ahorita es una llamadera y escríbeme por el WhatsApp diciéndome que si que tengo que pagar 800 para ya que a saldar la deuda que según la deuda va con intereses de 4,900,000
Y me enviaron una una carta diciendo que me iban a embargar el salario que si no pago dicha cantidad, se comunicará con la empresa para hacer el embargo
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Respuestas de los abogados (1)
Abogado, с. Bogotá
¡Buenos días!
Por lo que describes y por la carta, estás frente a cobro prejurídico (presión de cobranza) y/o la advertencia de un proceso ejecutivo. Ojo: nadie puede embargar tu salario “por teléfono” o por WhatsApp. El embargo solo procede con orden de un juez dentro de un proceso, normalmente con un título ejecutivo (pagaré, letra, contrato con requisitos, etc.). Esto se relaciona con qué es título ejecutivo en el art. 422 del CGP y con las medidas cautelares/embargos. Puedes ver una explicación práctica similar aquí: ¿Puede una empresa embargarme por una deuda? y también Deuda y amenazas de embargo por WhatsApp.
Qué hacer desde ya (sin perder tiempo)Si quieres, revisa el contexto de proceso ejecutivo en el CGP aquí: CGP art. 468.
Preguntas clave para orientarte mejor¡Atención! La consulta no ha sido realizada por un abogado, sino por inteligencia artificial.