Articulo 1o - Para la protección del Medio Ambiente la presente Ley establece:...
Articulo 2o - Cuando en esta Ley o en sus reglamentaciones se hable...
Articulo 3o - Para el control sanitario de los usos del agua se...
Articulo 4o - El Ministerio de Salud<1> establecerá cuales usos que produzcan o...
Articulo 5o - El Ministerio de Salud<1> queda facultado para establecer las características...
Articulo 6o - En la determinación de las características deseables y admisibles de...
Articulo 7o - Todo usuario de las aguas deberá cumplir, además de las...
Articulo 8o - La descarga de residuos en las aguas deberá ajustarse a...
Articulo 9o - No podrán utilizarse las aguas como sitio de disposición final...
Articulo 10 - Todo vertimiento de residuos líquidos deberá someterse a los requisitos...
Articulo 13 - Cuando por almacenamiento de materias primas o procesadas existe la...
Articulo 14 - Se prohibe la descarga de residuos líquidos en las calles,...
Articulo 15 - Una vez construidos los sistemas de tratamiento de aguas, la...
Articulo 16 - En la realización de planes de ordenamiento urbano deberán tenerse...
Articulo 17 - El Ministerio de Salud<1> o la entidad delegada adelantará investigaciones...
Articulo 18 - El Ministerio de Salud<1> o la entidad delegada efectuará cuando...
Articulo 19 - El Ministerio de Salud<1> reglamentará el uso de productos no...
Articulo 20 - El Ministerio de Salud<1> o la entidad que él delegue...
Articulo 21 - Para efectos de la preservación y conservación de la calidad...
Articulo 22 - Las actividades económicas que ocasionen arrastre de residuos sólidos a...
Articulo 23 - No se podrá efectuar en las vías públicas la separación...
Articulo 24 - Ningún establecimiento podrá almacenar a campo abierto o sin protección...
Articulo 25 - Solamente se podrán utilizar como sitios de disposición de basuras...
Articulo 26 - Cualquier recipiente colocado en la vía pública para recolección de...
Articulo 27 - Las empresas de aseo deberán ejecutar la recolección de las...
Articulo 28 - El almacenamiento de basuras deberá hacerse en recipientes o por...
Articulo 29 - Cuando por la ubicación o el volumen de las basuras...
Articulo 31 - Quienes produzcan basuras con características especiales, en los términos que...
Articulo 32 - Para los efectos de los artículos 29 y 31 se...
Articulo 33 - Los vehículos destinados al transporte de basuras reunirán las especificaciones...
Articulo 34 - Queda prohibido utilizar el sistema de quemas al aire libre...
Articulo 35 - El Ministerio de Salud<1> reglamentará todo lo relacionado con la...
Articulo 36 - Toda edificación o concentración de éstas, ubicada en áreas o...
Articulo 37 - Los sistemas de alcantarillado y disposición de excretas deberán sujetarse...
Articulo 38 - Se prohibe colocar letrinas directamente sobre fuentes de agua.
Articulo 39 - Los residuos provenientes de la limpieza de sistemas de disposición...
Articulo 40 - El Ministerio de Salud<1> reglamentará todo lo relacionado con el...
Articulo 41 - El Ministerio de Salud<1> fijará las normas sobre calidad del...
Articulo 42 - El Ministerio de Salud<1> fijará, de acuerdo a lo establecido...
Articulo 43 - Las normas de emisión de sustancias contaminantes de la atmósfera...
Articulo 44 - Se prohibe descargar en el aire contaminantes en concentraciones y...
Articulo 45 - Cuando las emisiones a la atmósfera de una fuente sobrepasen...
Articulo 46 - Para el funcionamiento, ampliación o modificación de toda instalación, que...
Articulo 47 - En el caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en...
Articulo 48 - En cumplimiento de las normas sobre emisiones atmosféricas el Ministerio...
Articulo 49 - No se permitirá el uso en el territorio nacional de...
Articulo 50 - Para efectos de la conservación y preservación de las aguas...
Articulo 51 - Para eliminar y evitar la contaminación del agua para el...
Articulo 52 - Para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de los sistemas...
Articulo 53 - Las entidades responsables de la entrega del agua potable al...
Articulo 54 - Los elementos y compuestos que se adicionen al agua destinada...
Articulo 56 - No se permitirán las concentraciones humanas ocasionales cerca de fuentes...
Articulo 57 - Las entidades encargadas de la entrega del agua potable al...
Articulo 58 - Para evitar la contaminación del agua subterránea por: aguas de...
Articulo 59 - Las entidades encargadas de la entrega de agua potable al...
Articulo 60 - Todos los pozos deberán sellarse para impedir la infiltración de...
Articulo 61 - Todo pozo deberá desinfectarse antes de darlo al servicio público,...
Articulo 62 - Todo concesionario de aprovechamiento de aguas subterráneas se sujetará a...
Articulo 63 - Cuando se utilice agua lluvia para consumo humano, esta deberá...
Articulo 64 - En todo sistema de conducción de agua los conductos, accesorios...
Articulo 65 - Las conducciones deberán estar provistas de desagües en los puntos...
Articulo 66 - La tubería y los materiales empleados para la conducción deberán...
Articulo 67 - En las instalaciones elevadoras de agua deberán tomarse en cuenta...
Articulo 68 - En las estaciones de bombeo se debe tener en cuenta...
Articulo 69 - Toda agua para consumo humano debe ser potable cualesquiera que...
Articulo 70 - Corresponde al Ministerio de Salud<1> dictar las disposiciones sobre la...
Articulo 71 - Después de potabilizada el agua debe conducirse en tal forma...
Articulo 72 - En los proyectos de construcción y ampliación de plantas de...
Articulo 73 - Compete al Ministerio de Salud<1> la aprobación de los programas...
Articulo 74 - Las sustancias que se empleen en los procesos de potabilización...
Articulo 75 - Las conexiones domiciliarias se diseñarán e instalarán de acuerdo con...
Articulo 77 - Los hidrantes y extremos muertos de las redes de distribución...
Articulo 78 - Al Ministerio de Salud<1> corresponde reglamentar el almacenamiento y distribución...
Articulo 79 - Facúltase al Ministerio de Salud<1> para que expida las normas...
Articulo 80 - Para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos...
Articulo 81 - La salud de los trabajadores es una condición indispensable para...
Articulo 82 - Las disposiciones del presente título son aplicables en todo lugar...
Articulo 83 - Al Ministerio de Salud<1> corresponde: a) Establecer, en cooperación con...
Articulo 84 - Todos los empleadores están obligados a: a) Proporcionar y mantener...
Articulo 85 - Todos los trabajadores están obligados a: a) Cumplir las disposiciones...
Articulo 86 - El Gobierno expedirá las normas complementarias tendientes a garantizar la...
Articulo 87 - Las personas que presten servicios de salud ocupacional a empleadores...
Articulo 88 - Toda persona que entre a cualquier lugar de trabajo deberá...
Articulo 89 - Para el funcionamiento de centros de trabajo se requiere licencia...
Articulo 90 - Las edificaciones permanentes o temporales que se utilicen como lugares...
Articulo 91 - Los establecimientos industriales deberán tener una adecuada distribución de sus...
Articulo 92 - Los pisos de los locales de trabajo de los patios...
Articulo 93 - Las áreas de circulación deberán estar claramente demarcadas, tener la...
Articulo 94 - Todas las aberturas de paredes y pisos, foros, escaleras, montacargas,...
Articulo 95 - En las edificaciones de varios niveles existirán escaleras fijas o...
Articulo 96 - Todos los locales de trabajo tendrán puertas de salida en...
Articulo 97 - Las empresas dedicadas a actividades extractivas, agropecuarias, de transporte y...
Articulo 98 - En todo lugar de trabajo en que se empleen procedimientos,...
Articulo 99 - En los lugares de trabajo donde no es posible mantener...
Articulo 100 - El Ministerio de Salud<1> establecerá métodos de muestreo. medición, análisis...
Articulo 101 - En todos los lugares de trabajo se adoptarán las medidas...
Articulo 102 - Los riesgos que se deriven de la producción, manejo o...
Articulo 103 - Cuando se procesen, manejen, o investiguen agentes biológicos o materiales...
Articulo 104 - El control de agentes químicos y biológicos y, en particular,...
Articulo 105 - En todos los lugares de trabajo habrá iluminación suficiente, en...
Articulo 106 - El Ministerio de Salud<1> determinará los niveles de ruido, vibración...
Articulo 107 - Se prohiben métodos o condiciones de trabajo con sobrecargo o...
Articulo 108 - En los lugares de trabajo donde existan condiciones o métodos...
Articulo 109 - En todos los lugares de trabajo deberán tener ventilación para...
Articulo 110 - El Ministerio de Salud<1> fijará los valores límites aceptables para...
Articulo 111 - En todo lugar de trabajo se establecerá un programa de...
Articulo 112 - Todas las maquinarias, equipos y herramientas deberán ser diseñados, construidos,...
Articulo 113 - Las calderas, cilindros para gases comprimidos y otros recipientes sometidos...
Articulo 114 - En todo lugar de trabajo deberá disponerse de personal adiestrado,...
Articulo 115 - Para el cumplimiento de las disposiciones de este capítulo en...
Articulo 116 - Los equipos y dispositivos para extinción de incendios deberán ser...
Articulo 117 - Todos los equipos, herramientas, instalaciones y redes eléctricas deberán ser...
Articulo 118 - Los trabajadores que por la naturaleza de sus labores puedan...
Articulo 119 - Los hornos y equipos de combustión deberán ser diseñados, construidos,...
Articulo 120 - Los vehículos, equipos de izar, bandas transportadoras y demás elementos...
Articulo 121 - El almacenamiento de materiales y objetos de cualquier naturaleza deberá...
Articulo 122 - Todos los empleadores están obligados a proporcionar a cada trabajador,...
Articulo 123 - Los equipos de protección personal se deberán ajustar a las...
Articulo 124 - El Ministerio de Salud<1> reglamentará la dotación, el uso y...
Articulo 125 - Todo empleador deberá responsabilizarse de los programas de medicina preventiva...
Articulo 126 - Los programas de medicina preventiva podrán ser exclusivos de una...
Articulo 127 - Todo lugar de trabajo tendrá las facilidades y los recursos...
Articulo 128 - El suministro de alimentos y de agua para uso humano,...
Articulo 129 - El tratamiento y la disposición de los residuos que contengan...
Articulo 131 - <Ver Notas del Editor> El Ministerio de Salud<1> podrá prohibir...
Articulo 132 - Las personas bajo cuya responsabilidad se efectúen labores de transporte,...
Articulo 133 - El Ministerio de Salud<1> reglamentará lo relacionado con la clasificación...
Articulo 134 - El Ministerio de Salud<1> determinará las sustancias peligrosas que deben...
Articulo 135 - El Ministerio de Salud<1> deberá efectuar, promover y coordinar las...
Articulo 136 - El Ministerio de Salud<1> establecerá las normas para la protección...
Articulo 138 - <Artículo derogado por el artículo 158 del Decreto Ley 2106...
Articulo 139 - El Ministerio de Salud<1>* podrá autorizar la importación o fabricación...
Articulo 140 - En cualquier actividad que implique manejo de plaguicidas queda prohibida...
Articulo 141 - La publicidad de plaguicidas deberá estar conforme con las características...
Articulo 142 - En la aplicación de plaguicidas deberán adoptarse todas las medidas...
Articulo 143 - Las personas que con fines comerciales se dediquen a la...
Articulo 144 - Los residuos procedentes de establecimientos donde se fabriquen, formulen, envasen...
Articulo 145 - No se permitirá la fabricación de los siguientes artículos pirotécnicos:...
Articulo 146 - La venta al público y utilización de artículos pirotécnicos diferentes...
Articulo 147 - Para la ubicación, construcción y operación de establecimientos que se...
Articulo 148 - Los artículos pirotécnicos que se importen o fabriquen en el...
Articulo 149 - Todas las formas de energía radiante, distinta de las radiaciones...
Articulo 150 - Para el desarrollo de cualquier actividad que signifique manejo o...
Articulo 152 - El Ministerio de Salud<1> deberá establecer las normas y reglamentaciones...
Articulo 154 - Para la importación de equipos productores de rayos X se...
Articulo 155 - Este título de la presente Ley establece las normas sanitarias...
Articulo 156 - Para los efectos del saneamiento de las edificaciones, éstas se...
Articulo 157 - El Ministerio de Salud<1> o la entidad que éste delegue...
Articulo 158 - Todas las edificaciones se localizarán en lugares que no presente...
Articulo 159 - En la localización de los establecimientos industriales se aplicarán las...
Articulo 160 - Las edificaciones deberán localizarse en terrenos que permitan el drenaje...
Articulo 161 - Antes de construir edificaciones en lugares que reciben aguas drenadas...
Articulo 162 - Las edificaciones se localizarán en lugares alejados de acequias, barrancos,...
Articulo 163 - No se construirán edificaciones en terrenos rellenados con basuras, que...
Articulo 164 - Las edificaciones se construirán en lugares que no ofrezcan peligro...
Articulo 165 - Las edificaciones deberán construirse en lugares que cuenten con servicios...
Articulo 166 - Las edificaciones deberán construirse en lugares que cuenten con sistemas...
Articulo 167 - Toda edificación que no tenga sistema de recolección domiciliaria de...
Articulo 168 - Antes de comenzar la construcción de cualquier edificación se procederá...
Articulo 169 - El Ministerio de Salud<1> o la entidad delegada establecerá las...
Articulo 170 - Unicamente se consideran habitables aquellos espacios bajo el nivel del...
Articulo 171 - El número de personas por dormitorio estará acorde con las...
Articulo 172 - En las cocinas todas las instalaciones deberán cumplir con las...
Articulo 173 - El área y la dotación de la cocina deberán garantizar...
Articulo 174 - Se prohibe el almacenamiento de sustancias peligrosas en cocinas o...
Articulo 175 - Las instalaciones interiores de las edificaciones se deberán diseñar y...
Articulo 176 - La dotación de agua para las edificaciones deberá calcularse con...
Articulo 177 - Los sistemas de desagüe se deberán diseñar y construir de...
Articulo 178 - Toda edificación ubicada dentro de un área servida por un...
Articulo 179 - Ningún aparato sanitario podrá producir en su funcionamiento polución por...
Articulo 180 - Las tuberías utilizadas para las instalaciones interiores de las edificaciones...
Articulo 181 - La entidad administradora de los servicios de agua y/o desagües...
Articulo 182 - La conservación de la instalación sanitaria interna, a partir del...
Articulo 183 - Cada uno de los pisos que conforman una edificación estará...
Articulo 184 - Se prohibe hacer conexión entre un sistema privado y un...
Articulo 185 - Todo aparato sanitario debe estar dotado de trampa con sello...
Articulo 186 - Los inodoros deberán funcionar de tal manera que asegure su...
Articulo 187 - Los lavaderos y lavaplatos deberán estar provistos de dispositivos adecuados...
Articulo 188 - En toda edificación, el número y tipo de los aparatos...
Articulo 189 - Se prohibe conectar unidades moledoras de desperdicios a los sistemas...
Articulo 190 - Cuando los residuos contengan sólidos o líquidos que puedan afectar...
Articulo 191 - El Ministerio de Salud<1> o la entidad a quien éste...