Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 -1998
Articulo 44

La ejecución del Plan de Inversiones 1995 - 1998 se hará de acuerdo con el documento Conpes que se produzca en los 30 días siguientes a la vigencia de la Ley del Plan de Desarrollo y de Inversiones, el cual tendrá como base la regionalización indicativa producto de la concertación con las regiones.