Plan Nacional de Desarrollo e Inversiones 1995 -1998
Articulo 31

Durante la vigencia de este Plan, los municipios con más de 100.000 habitantes podrán concurrir con los departamentos y la nación, a la cofinanciación de obras de infraestructura y dotación de los hospitales públicos que presten atención de Segundo y Tercer Nivel, para lo cual utilizarán recursos hasta concurrencia de los 10 puntos destinados a inversión en el sector, sin afectar en ningún caso los 15 puntos que la ley prevé, para el pago de los subsidios.

Igualmente los departamentos podrán utilizar para el Primer, Segundo y Tercer Nivel de atención un porcentaje superior al 50 % previsto en la ley, durante la vigencia del presente Plan de Inversiones, siempre v cuando los requerimientos del Primer Nivel de atención estén satisfechos.