Ley 2285 de 2023
Artículo 22. Solución de controversias



22.1 Si se suscita una controversia en relación con la interpretación o aplicación del presente Tratado, las Partes interesadas tratarán de resolverla mediante negociación.

22.2 Si las partes interesadas no pueden llegar a un acuerdo mediante negociación, podrán recurrir conjuntamente a los buenos oficios de una tercera parte o solicitar su mediación.

22.3 Al ratificar, aceptar o aprobar el presente Tratado, o al adherirse a él, o en cualquier momento posterior, una Parte Contratante podrá declarar por escrito al Depositario que, en el caso de una controversia no resuelta de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22.1 o en el Articulo 22.2 supra, acepta como obligatorio uno o los dos medios de solución de controversias que se indican a continuación:

a) arbitraje de conformidad con el procedimiento establecido en la Parte 1 del Anexo II del presente Tratado;

b) presentación de la controversia a la Corte Internacional de Justicia.

22.4 Si en virtud de lo establecido en el Artículo 22.3 supra las partes en la controversia no han aceptado el mismo procedimiento o ningún procedimiento, la controversia se someterá a conciliación de conformidad con la Parte 2 del Anexo II del presente Tratado, a menos que las Partes acuerden otra cosa.

Estructura Ley 2285 de 2023

Artículo 1o. Objetivos

Artículo 2o. Utilización de términos

Artículo 3o. ámbito

Parte II

Artículo 5o. Conservación, prospección, recolección, caracterización, evaluación y documentación de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura

Artículo 6o. Utilización sostenible de los recursos fitogenéticos

Artículo 7o. Compromisos nacionales V cooperación internacional

Artículo 8o. Asistencia técnica

Artículo 9o. Derechos del agricultor

Parte IV

Artículo 12. Facilitación del acceso a los recursos fitogenéticos para la alímentación y la agricultura dentro del sistema multilateral

Artículo 13. Distribución de beneficios en el sistema multilateral

Parte V

Artículo 15. Colecciones ex situ de recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura mantenidas por los centros internacionales de investigación agrícola del grupo consultivo sobre investigación agrícola internacional y otras instituciones internacionales

Articulo 17. Sistema mundial de información sóbre los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura

Artículo 18. Recursos financieros

Artículo 19. Organo rector

Artículo 20. Secretario

Articulo 21. Observancia

Artículo 22. Solución de controversias

Artículo 23. Enmiendas del tratado

Artículo 24. Anexos

Artículo 25. Firma

Artículo 26. Ratificación, aceptación o aprobación

Artículo 27. Adhesión

Artículo 28. Entrada en visor

Artículo 29. Organizaciones miembros de la fao

Artículo 30. Resecas

Artículo 31. No partes

Artículo 32. Denuncia

Artículo 33. Rescisión

Artículo 34. Depositario

Artículo 35. Idiomas

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 6

Articulo 7

Articulo 8

Artículo 9

Artículo 10

Artículo 11

Artículo 12

Artículo 13

Artículo 14

Artículo 15

Artículo 16

Artículo 17

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Articulo 4

Artículo 5

Artículo 6

Exposición de motivos

Artículo 1o

Artículo 2o

Artículo 3o